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Para ser Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires

Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires

La Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires es la fuerza policial de seguridad que depende de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fue creada por la Ley 2.894 de Seguridad Pública, sancionada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires el 28 de octubre de 2008.

La Policía Metropolitana de la Ciudad entró en actividad el 5 de febrero de 2010. Te damos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires.

Funciones

La Policía Metropolitana comparte las funciones de policía de seguridad en la Ciudad de Buenos Aires con la Policía Federal Argentina y, en la zona portuaria, con la Prefectura Naval Argentina.

Son funciones de la Policía Metropolitana:

  1. Brindar seguridad a personas y bienes.
  2. Prevenir la comisión de delitos, contravenciones y faltas.
  3. Hacer cesar la comisión de delitos, contravenciones y faltas, poniendo en conocimiento inmediato de los mismos a la autoridad judicial competente, debiendo actuar conforme a las disposiciones procesales vigentes en el orden nacional o local, según corresponda al hecho en el cual se haya actuado.
  4. Recibir denuncias y ante el conocimiento de un hecho ilícito actuar de acuerdo con las normas procesales vigentes.
  5. Conjurar e investigar los delitos, contravenciones y faltas, de jurisdicción del Poder Judicial de la Ciudad.
  6. Desarrollar tareas de análisis delictivo y de información.
  7. Mantener el orden y seguridad pública.
  8. Auxiliar en materia de seguridad vial de la autoridad de control establecida en el Código de Tránsito y Transporte aprobado por la Ley N° 2148.
  9. Implementar mecanismos de disuasión frente a hechos ilícitos o vulneratorios de la seguridad pública.
  10. Intervenir en toda campaña y plan preventivo de seguridad que implemente el Ministerio de Justicia y Seguridad, en los términos que le sea requerido.
  11. Colaborar con las autoridades públicas ante una situación de emergencia.
  12. Coordinar el esfuerzo policial con el resto de los agentes sociales que intervienen en la comunidad.
  13. Mantener una relación de cooperación con la comunidad en la labor preventiva.
  14. Recoger las cosas perdidas y proceder con ellas de acuerdo a las prescripciones del Código Civil de la Nación.
  15. Actuar como auxiliar de la Justicia en los casos en que expresamente se le requiera.
  16. Asegurar el orden público y el normal desenvolvimiento durante la realización de actos comiciales nacionales, de la Ciudad o de las Juntas Comunales.
  17. Facilitar la formación y perfeccionamiento del personal policial mediante el intercambio de funcionarios/as o becas de estudio con el resto de las Provincias y otros países.
  18. Asistir a las víctimas, tomando en cuenta sus derechos e intereses.
  19. Inspeccionar, cuando fuera necesario, los registros de pasajeros en hoteles y casas de hospedaje.
  20. Asegurar el orden público en ocasión de los eventos deportivos o artísticos masivos.
  21. Coordinar su accionar, en cuanto corresponda, con la Policía Judicial, conforme los protocolos de actuación que se establezca.

Escala Jerárquica

El Escalafón General Policial se organiza en una categoría única que cuenta con los siguientes grados:

  1. Oficial
  2. Oficial Mayor
  3. Subinspector
  4. Inspector
  5. Subcomisionado
  6. Comisionado
  7. Comisionado Mayor
  8. Comisionado General
  9. Superintendente

El cuadro de Oficiales Operativos está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Oficial y Oficial Mayor.

El cuadro de Oficiales Supervisores está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Subinspector e Inspector.

El cuadro de Oficiales de Dirección está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Subcomisionado, Comisionado y Comisionado Mayor.

El cuadro de Oficiales Superiores de Conducción está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Comisionado General y Superintendente

Requisitos

La inscripción es únicamente por vía WEB, http://metropolitana.gob.ar, http://buenosaires.gob.ar/seguridad una vez realizado este 1° paso de inscripción tiene 72 hs para completar el segundo formulario con carácter de declaración jurada, para lo cual recibirá, dos e-mail distintos cada uno con su clave, al finalizar el proceso de inscripción, usted podrá visualizar en su monitor un mensaje conteniendo la fecha de presentación.

Son requisitos para ser miembro de la Policía Metropolitana:

Sin perjuicio de lo prescripto por el artículo anterior, no pueden desempeñarse como miembros de la Policía Metropolitana las siguientes personas:

Temario

No hay temario disponible.

Más información:

Área de Incorporaciones Policía Metropolitana

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Para ser Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires 2013-06-27T09:34:28+02:00 2014-01-12T19:21:21+01:00 admin
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