Para ser Policía Federal en México

La Policía Federal (PF) es un cuerpo policial de la Federación Mexicana creado como Policía Federal Preventiva por la ley publicada el 4 de enero de 1999 por el presidente Ernesto Zedillo y reestructurada como Policía Federal con facultades de investigación por la nueva ley publicada el 1º de junio de 2009 por el presidente Felipe Calderón como brazo operativo en la lucha contra la delincuencia organizada. Te damos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía Federal en México.

Funciones

Las funciones que corresponden a la Policía Federal en México son:

I. Dictar y supervisar las medidas tendientes a garantizar la prevención de los delitos, el mantenimiento y el restablecimiento del orden y la seguridad pública, en el ámbito de competencia de la Institución.

II. Ordenar y supervisar las líneas de investigación para obtener, analizar, estudiar y procesar información conducente a la prevención de delitos y, para la persecución de los mismos, en el ámbito de competencia de la Institución.

III. Ordenar y supervisar las acciones y operaciones para la prevención de los delitos y, para la persecución de los mismos, en términos de las disposiciones aplicables.

IV. Dictar los lineamientos y políticas, bajo los cuales la Institución proporcionará los informes, datos o cooperación técnica y operativa que sean requeridos por alguna instancia de los gobiernos Federal, Estatal, del Distrito Federal y Municipal, y autoridades de otros países conforme a los procedimientos que resulten necesarios.

V. Emitir los lineamientos para la planeación, obtención, procesamiento y aprovechamiento de la información que genere la Institución en materia de seguridad pública a fin de establecer los sistemas de información de la institución.

VI. Solicitar a la autoridad judicial correspondiente, por escrito y a través de cualquier medio, incluso aquéllos que los adelantos electrónicos y tecnológicos permitan conforme a las disposiciones aplicables la autorización para requerir a los concesionarios, permisionarios, operadoras telefónicas y todas aquellas comercializadoras de servicios en materia de telecomunicaciones.

VII. Solicitar a la autoridad judicial correspondiente, por escrito y a través de cualquier medio, incluso aquéllos que los adelantos electrónicos y tecnológicos permitan, conforme a las disposiciones aplicables.

VIII. Presenciar, de manera trimestral, ante la autoridad judicial competente la destrucción de la información resultado de las intervenciones a que se refiere el artículo 53 de la Ley.

IX. Autorizar, previo acuerdo con el Secretario, operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención de los delitos.

X. Establecer, previo acuerdo con el Secretario el sistema de gratificaciones para la investigación preventiva y supervisar su operación.

XI. Dictar la política operativa, normativa y funcional, así como los programas que deben seguir las áreas de la Institución.

XII. Proporcionar la información requerida por las autoridades competentes de la Secretaría.

XIII. Representar legalmente a la Institución.

XIV. Proponer al Secretario el Programa Anual de Presupuesto de la Policía Federal.

XV. Planear y estructurar mecanismos y espacios para la atención integral a víctimas, ofendidos o testigos del delito, propiciando la articulación con instituciones especializadas de salud.

XVI. Administrar y ejecutar el presupuesto de la Institución, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.

XVII. Celebrar contratos, convenios y, en general, toda clase de actos jurídicos necesarios para el desarrollo de las atribuciones de la Institución o los que estén relacionados con la administración de los recursos humanos, materiales y financieros que ésta tenga asignados.

XVIII. Participar, de conformidad con las disposiciones aplicables, en las negociaciones de los tratados internacionales que lleve a cabo el Ejecutivo Federal en materia de prevención de delitos cuando así se requiera.

XIX. Ordenar, para fines de seguridad pública, la vigilancia e inspección sobre el manejo, transporte o tenencia de mercancías de comercio exterior y de los medios que las transportan en todo el territorio nacional.

XX. Instruir, en el ámbito de su competencia, tareas de verificación para la prevención de infracciones administrativas.

XXI. Ordenar la vigilancia e inspección sobre la entrada y salida de mercancías y personas en los aeropuertos, puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, en las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas y puntos de revisión aduaneros.

XXII. Ordenar la práctica de diligencias de conformidad con la Ley General de Población.

XXIII. Establecer las políticas de control y los dispositivos de vigilancia en la imposición de las sanciones por violaciones a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito de vehículos en caminos y puentes federales.

XXIV. Resolver, previa consulta con el Secretario, las controversias internas que se susciten sobre la competencia de las unidades, con motivo de la interpretación o aplicación del presente Reglamento y sobre las situaciones no previstas en el mismo.

XXV. Proponer al Secretario la ubicación de la sede oficial de la Institución, de las coordinaciones estatales, de las instalaciones en puertos, fronteras y aeropuertos, de los puntos fijos de verificación e inspección, de su circunscripción territorial, así como la ubicación de las oficinas de la Institución en el extranjero.

XXVI. Autorizar, previo acuerdo con el Secretario, sistemas y procedimientos de control y evaluación de las unidades que conforman la Institución.

XXVII. Aprobar, previo acuerdo con el Secretario, las estructuras orgánicas, funcional y de mando, que permitan cumplir con los fines de la Institución.

XXVIII. Aprobar el Programa de Desarrollo Estratégico de la Institución.

XXIX. Vigilar que se dé cumplimiento a las disposiciones del Servicio Profesional de Carrera Policial.

XXX. Suscribir y expedir las constancias de grado o las de grado homólogo a los Integrantes de la Institución.

XXXI. Expedir los Acuerdos y Manuales de la Institución que sean de su competencia.

XXXII. Aprobar los manuales, protocolos y procedimientos sistemáticos operativos de las funciones operativas de la Institución.

XXXIII. Delegar por cargo, grado o materia, así como autorizar de manera específica a determinado Integrante de la Institución.

XXXIV. Aprobar el programa de profesionalización policial de la Institución, con el fin de fortalecer las propuestas académicas para el desarrollo de los Integrantes.

XXXV. Proponer al Secretario las modificaciones de estructura, personal, equipo y demás que se requieran para el mejor desempeño de las atribuciones de la Institución, salvo el caso de la Unidad de Asuntos Internos.

XXXVI. Autorizar, previo acuerdo del Secretario, los sistemas de información que proyecten la imagen pública institucional y se requieran para apoyar las tareas y actividades de la Institución.

XXXVII. Establecer las políticas de manejo de la información relacionada con la comunicación social y atención ciudadana.

XXXVIII. Certificar copias de los documentos que obren en el archivo a su cargo.

XXXIX. Ordenar la distribución del personal de la Institución.

XL. Expedir, previo acuerdo del Secretario, los nombramientos de los Integrantes en cargos administrativos o directivos de la estructura orgánica de la Institución.

XLI. Autorizar los cambios de adscripción de los Integrantes.

Divisiones

La policía federal en México cuenta con varias sub divisiones encargada cada una de una misión específica, estas son:

División de inteligencia: Dirige acciones en materia de inteligencia para la prevención y, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, combate a la delincuencia mediante los sistemas de coordinación previstos en otras leyes federales; Para los efectos de la relación con la Organización Internacional de Policía Criminal, esta División se deberá coordinar, en su carácter de Oficina de Enlace Nacional Interpol-México, con la autoridad competente que tenga a su cargo la Oficina Central Nacional de Interpol.

División de Investigación: Tiene como objetivo Diseñar, dirigir y operar los sistemas de recopilación, clasificación, registro y explotación de información policial, para conformar bancos de datos que sustenten el desarrollo de acciones contra la delincuencia

División de Seguridad Regional: Deberá Mantener informado al Comisionado General de la situación de la seguridad pública en el territorio nacional, en el ámbito de competencia de la institución, a través del diagnóstico permanente, debiendo establecer los procedimientos correspondientes

División Científica: Estará encargada de Utilizar los conocimientos y herramientas científicas y técnicas en la investigación para la prevención de los delitos

División Antidrogas: Su única misión es Combatir la producción, tenencia, tráfico y otros actos relacionados con estupefacientes, psicotrópicos, para la prevención de delitos contra la salud, así como los derivados de operaciones con recursos de procedencia ilícita, falsificación y alteración de moneda, en términos de las disposiciones aplicables

División de Fuerzas Federales: será la encargada de Coordinar al personal de su área para prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determinen las leyes federales, así como salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos.

Escala Jerárquica

Escala jerárquica policia federal1

Escala jerárquica policia federal2

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Requisitos

Los requisitos para ser Policía Federal son los siguientes:

  1. Ser ciudadano mexicano y estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
  2. Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios correspondientes a la enseñanza media básica, excepto para el ingreso a la división de investigación que deberán contar con carrera profesional o técnico superior universitario.
  3. Estatura mínima de 1.65 para hombres y 1.65 para mujeres; peso acorde a la estatura de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana 174-SSA1-1998, Para el manejo integral de la obesidad.
  4. Tener mínimo 18 años cumplidos y menos de 40 años al presentar su solicitud.
  5. No tener inserciones, dibujos o grabados con sustancias colorantes o cualquier otra técnica sobre la piel o debajo de ella. En el caso de las mujeres podrán tener delineado permanente en ceja, ojos y boca. Tampoco perforaciones corporales con objetos en el cuerpo, con excepción de aretes en la oreja en mujeres, no más de dos perforaciones en cada oreja.
  6. Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal.
  7. No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como Servidor Público.
  8. Contar con Cartilla de Servicio Militar Nacional, con hoja de liberación, para el caso de hombres.
  9. No hacer uso ilícito de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares ni padecer alcoholismo.
  10. Gozar de buena salud física y mental que le permita participar en actividades que demandan esfuerzo físico y mental.
  11. Disponibilidad permanente para cambiar de residencia a cualquier parte de la República Mexicana o del extranjero.
  12. Firmar consentimiento y/o compromiso en los siguientes términos:
    • Consentimiento para someterse a las evaluaciones de control de confianza
    • Declaración Bajo Protesta de decir verdad que la información y documentación proporcionada son auténticas; y su disposición para que la Institución realice las investigaciones necesarias para corroborarlas.
    • Manifestación de aceptación sin reserva alguna del resultado del proceso de reclutamiento, selección y evaluación de control de confianza.
    • Compromiso para sujetarse a las normas y disposiciones que en materia disciplinaria emita la Institución, así como aceptar las sanciones que en consecuencia se apliquen, incluyendo la expulsión definitiva del proceso de selección.
  13. Presentar y acreditar los exámenes y las evaluaciones que realice la Institución.
  14. Aprobar el Curso Básico de Formación en los términos que el Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal determine.

Documentos

Los solicitantes deberán presentar original y copia de la siguiente documentación, el día que sean programados para ello:

  1. Acta de nacimiento.
  2. Certificado o constancia de estudios vigente que acredite, al menos, la conclusión de los estudios correspondientes a la enseñanza media básica.
  3. Comprobante de domicilio con código postal no mayor a tres meses de antigüedad a la fecha de entrega de la documentación (pago del impuesto predial, agua, recibo telefónico o constancia de residencia domiciliaria o avecindad).
  4. Credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o pasaporte vigente.
  5. Cartilla del servicio militar con hoja de liberación (únicamente hombres).
  6. Currículum vítae vigente firmado en todas sus hojas, sin engargolar y sin anexos.
  7. Clave Única de Registro de Población (CURP).
  8. Tres referencias laborales, tres personales y tres familiares.

Exámenes

Los exámenes comprenderán:

  1. Entrevista
  2. Verificación de entorno socioeconómico
  3. Psicológico
  4. Médico
  5. Toxicológico
  6. Poligráfico

Temario

Los temarios a seguir para cada una de las convocatorias serán entregados después de haber sido entregada la documentación requerida al personal capacitado de la unidad de certificación.

Para más información:

Comisión Nacional de Seguridad

Más información sobre Policía Ferderal de México en la Wikipedia

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