Autor: admin

  • Para ser Policía Nacional Bolivariana en Venezuela

    Para ser Policía Nacional Bolivariana en Venezuela

    El Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (CPNB) es la principal fuerza de seguridad civil a nivel federal o nacional de Venezuela, es una de las instituciones adscritas al Ministerio del P.P para Relaciones Interiores y Justicia. Comenzó a operar el 20 de diciembre de 2009. En Venezuela, de acuerdo a la Constitución de 1999, coexisten policías que dependen separada y autónomamente del gobierno nacional, de los gobiernos de los estados y de los gobiernos municipales, la Policía Nacional depende del Gobierno Central de Venezuela. Te contamos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía Nacional Bolivariana en Venezuela.

    Funciones

    La Función Policial comprende:

    1. Proteger el libre ejercicio de los derechos de personas, de las libertades públicas y la garantía de la paz social.
    2. Prevenir la comisión de los delitos e infracciones de disposiciones legales, reglamentarias y ordenanzas municipales.
    3. Apoyar a las autoridades competentes para la ejecución de las decisiones legítimamente adoptadas.
    4. Controlar y vigilar las vías de circulación, canales, ríos, lagos, mar territorial, puertos y aeropuertos, así como también el tránsito de peatones, tracción de sangre, vehículos, naves y aeronaves de cualquier naturaleza
    5. Facilitar la resolución de conflictos mediante el diálogo, la mediación y la Conciliación.

    Para su mejor organización la policía bolivariana se divide en diferentes dependencias con funciones específicas, las cuales son:

    DIRECCIÓN NACIONAL

    FUNCIONES:

    1. Representar al Cuerpo de Policía Nacional frente a todos los organismos públicos y privados, nacionales o extranjeros y dirigir, planificar, organizar, controlar, coordinar y supervisar las actividades administrativas, organizativas, funcionales y operativas del Cuerpo de Policía Nacional.
    2. Convocar a las demás autoridades, funcionarias, funcionarios, trabajadoras o trabajadores del Cuerpo de Policía Nacional a reuniones, conformar equipos de trabajo y recomendar las acciones necesarias para la consecución de los objetivos.
    3. Supervisar y evaluar las actividades realizadas y solicitar y recibir de las o los integrantes del Cuerpo de Policía Nacional informes periódicos, cuando lo estime necesario.
    4. Presentar ante el Órgano Rector, por conducto de la Viceministra o Viceministro del Sistema Integrado de Policía, el avance en la ejecución de las políticas y planes del Cuerpo de Policía Nacional.
    5. Ejercer la suprema dirección de los servicios y dependencias del Cuerpo de Policía Nacional, así como gestionar y administrar el sistema del recurso humano.
    6. Delegar en funcionarias, funcionarios, trabajadoras o trabajadores del Cuerpo de Policía Nacional las atribuciones o firmas que juzguen necesario.
    7. Celebrar los convenios y contratos de cualquier naturaleza que sean necesarios para el funcionamiento del Cuerpo de Policía Nacional.
    8. Proponer al Órgano Rector los candidatos a ocupar la agregaduría policial en las distintas Embajadas.
    9. Las demás que le confiera el ordenamiento jurídico vigente.

    SUB-DIRECCIÓN

    FUNCIONES:

    1. Suplir las faltas temporales de la Directora o Director Nacional y ejercer la representación del Cuerpo de Policía Nacional previa delegación de la Directora o Director Nacional.
    2. Coordinar políticas integrales en lo que respecta a procedimientos y actuaciones del Cuerpo de Policía Nacional.
    3. Supervisar controlar, en coordinación con la Directora o Director Nacional, la correcta prestación de los servicios que brinda el Cuerpo de Policía Nacional.
    4. Definir y ejecutar, en coordinación con la Directora o Director Nacional, los lineamientos administrativos, funcionales y operativos, que aseguren el eficiente funcionamiento del Cuerpo de Policía Nacional.
    5. Adoptar, controlar y evaluar las políticas, estándares, planes, programas y actividades relacionadas con la prestación de servicio de policía, en atención a las recomendaciones formuladas por la Directora o el Director Nacional, de acuerdo a los estándares que defina el Órgano Rector.
    6. Velar por la correcta actuación del Cuerpo de Policía Nacional en materia de derechos humanos.
    7. Supervisar la aplicación del sistema único de expedición de credenciales a las funcionarias y funcionarios, trabajadoras y trabajadores del Cuerpo de Policía Nacional.
    8. Acopiar y procesar la información relacionada con los índices de criminalidad, actuaciones policiales y cualquier otra en materia relacionada con el Cuerpo de Policía Nacional.
    9. Desarrollar y supervisar, previa delegación de la Directora o Director nacional, los planes operativos especiales en circunstancias extraordinarias o de desastres, dentro del ámbito de competencia del Cuerpo de Policía Nacional, con el fin de enfrentar de forma efectiva situaciones que comprometan el ejercicio de los derechos fundamentales, la convivencia de los habitantes y la paz social.
    10. Las demás que le confiere el ordenamiento jurídico vigente.

    SECRETARIA GENERAL

    FUNCIONES:

    1. Velar por el cumplimiento de las instrucciones que imparta la Dirección Nacional del Cuerpo de Policía Nacional, facilitando el flujo de información a la Sub-Dirección y demás Direcciones de Línea.
    2. Efectuar el registro y seguimiento de las audiencias, reuniones y demás actividades de la Dirección Nacional, en coordinación con las demás dependencias del organismo, con el objeto de preparar y administrar las agendas y material de apoyo de cada sesión de trabajo, así como elaborar las minutas de las reuniones efectuadas.
    3. Apoyar a la Directora o Director Nacional en la preparación de los asuntos que deban someterse a la consideración del Órgano Rector o de las Comisiones de las que forme parte el Cuerpo de policía Nacional.
    4. Preparar la presentación de todas las actividades, informes y cuentas ante la Dirección Nacional y demás Direcciones, así como llevar las actas correspondientes, con la finalidad de mantener el registro e información de la gestión de sus áreas y hacer seguimiento permanente de las decisiones que se tomen.
    5. Ejecutar y supervisar las actividades relativas a la atención al ciudadano en coordinación con las demás dependencias del organismo, a través del suministro de información, recepción de solicitudes, reclamos, denuncias y sugerencias, así como recibir y tramitar toda la correspondencia enviada al Cuerpo de Policía Nacional, con la finalidad de dar respuesta adecuada y oportuna a las comunicaciones recibidas.
    6. Implementar y supervisar lo relativo a la seguridad integral del Cuerpo de Policía Nacional, en coordinación con las demás dependencias del organismo a fin de detectar, enfrentar y neutralizar toda condición que comprometa el talento humano, materiales, información y demás bienes del mismo, procurando su integridad.
    7. Velar por el cumplimiento de las normas y protocolos para la seguridad de la Dirección Nacional, procurando preservar su integridad física.
    8. Supervisar y ejercer la custodia, en coordinación con las demás dependencias del organismo, de la emisión y recepción de documentos del Archivo General del Cuerpo de Policía Nacional.
    9. Diseñar e implementar un sistema de archivo de fácil acceso que apoye los servicios de atención al ciudadano en coordinación con las unidades administrativas del Cuerpo de Policía Nacional, garantizando un control eficiente de los expedientes y documentos bajo su resguardo.
    10. Promover y aplicar mecanismo institucionales para fomentar la participación popular y la corresponsabilidad en la gestión pública entre el Cuerpo de Policía Nacional y los ciudadanos en todas las etapas del proceso, en coordinación con las unidades administrativas vinculadas.
    11. Iniciar y actualizar de manera permanente, el Registro de Comunidades organizadas relacionadas con la naturaleza y competencias del organismo, en coordinación con las unidades administrativas vinculadas.
    12. Brindar información permanente de los ciudadanos sobre los proyectos y actividades y utilización del gasto del Cuerpo de Policía Nacional, en coordinación con la Oficina de Comunicación y Relaciones Institucionales.
    13. Aplicar mecanismos para garantizar la conservación y custodia de la documentación escrita, impresa, gráfica, fotográfica y audiovisual del derecho de Cuerpo de Policía Nacional.
    14. Asegurar a los ciudadanos el derecho a la intimidad y la reserva de los documentos privados, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
    15. Las demás que le confiera el ordenamiento jurídico vigente.

    DIRECCIÓN DE OPERACIONES Y ACCIONES TÁCTICAS

    FUNCIONES

    1. Asesorar y asistir a la Dirección Nacional, en la formulación y aplicación de políticas en materia de personal, con la finalidad de integrar, controlar y hacer seguimiento de la gestión de talento humano.
    2. Elaborar, dirigir, coordinar, evaluar y controlar la ejecución del plan de personal, de conformidad con las leyes que rigen la materia.
    3. Remitir a la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, en la oportunidad que se establezca, los informes relacionados con la ejecución del plan de personal y cualquier otra información que le fuere solicitada.
    4. Dirigir la aplicación eficiente y eficaz de las normas y de los procedimientos que en materia de personal se instrumenten para el Cuerpo de Policía Nacional.
    5. Desarrollar e instrumentar los valores éticos y culturales que reflejen la misión y visión institucional del Cuerpo de Policía Nacional.
    6. Detectar necesidades de formación y aplicar las normas e instructivos sobre programas y procedimientos de captación, selección, ingreso, expedición de credenciales, incentivos, ascenso, carrera, clasificación, remuneración, inducción, adiestramiento, desarrollo, capacitación, evaluación, retiro y reingreso del personal del Cuerpo de policía Nacional, de conformidad con las leyes que rigen la materia.
    7. Dirigir y coordinar programas de evaluación de rendimientos y actuación del personal, así como asesorar en materia de situaciones administrativa de los funcionarios, empleados y trabajadores de los Cuerpo de Policía Nacional.
    8. Organizar, gestionar y ejecutar los concursos que se requieran para el ingreso o ascenso del personal del Cuerpo de Policía Nacional, según las bases y baremos establecidos por el Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, según correspondan.
    9. Tramitar antes la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, los movimientos del personal a que hubiere lugar.
    10. Promover el mejoramiento, bienestar y desarrollo del personal activo, jubilado y pensionado del Cuerpo de Policía Nacional, con la finalidad de garantizar los beneficios legales y contractuales según el registro de información de cargos.
    11. Proponer, coordinar y supervisar el desarrollo, mantenimiento y mejoramiento del sistema de información para la gestión del talento humano, en función de los requerimientos estratégicos del Cuerpo de Policía Nacional.
    12. Definir los lineamientos para la conformación de los expedientes de las funcionarias y funcionarios, trabajadoras y trabajadores del Cuerpo de Policía Nacional y mantenerlos actualizados.
    13. Instruir los expedientes disciplinarios de las funcionarias y funcionarios en los casos de hechos que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones previstas en la Ley del Estatuto de la Función Pública.
    14. Controlar y coordinar las actividades inherentes a la seguridad laboral en el Cuerpo de Policía Nacional, con la finalidad de garantizar las condiciones y medio ambiente de trabajo al personal y usuarios de la organización.

    OFICINA DE RESPUESTA A LAS DESVIACIONES POLICIALES

    FUNCIONES:

    1. Detectar casos de indicios sobre la comisión de hechos constitutivos de faltas graves o delitos cometidos por personal del Cuerpo de Policía Nacional.
    2. Establecer, levantar, procesar y sistematizar información que permita detectar, contener y responder a las desviaciones policiales en el Cuerpo de Policía Nacional.
    3. Coordinar las acciones de inteligencia con las distintas unidades del Cuerpo de Policía Nacional a fin de detectar los casos graves de desviación policial en los que estén involucrados las funcionarias o funcionarios policiales, que comprometan el desempeñado y credibilidad del Cuerpo de Policía Nacional, e iniciar las acciones que fueren procedentes de conformidad a lo dispuesto en el marco legal vigente.

    OFICINA DE ASESORÍA LEGAL

    FUNCIONES:

    1. Asesorar y asistir jurídicamente a la Dirección Nacional y emitir dictámenes sobre los asuntos sometidos a su consideración por la Dirección Nacional y las Direcciones de Línea.
    2. Emitir opinión legal sobre los recursos que se interpongan contra los actos administrativos emanados del Cuerpo de Policía Nacional.
    3. Clasificar, preparar y mantener actualizado el resumen de los dictámenes, doctrinas, jurisprudencia y demás documentos de carácter legal del Cuerpo de Policía Nacional.
    4. Procurar la unificación de los criterios jurídicos y administrativos en las diversas materiales que son competencia del Cuerpo de Policía Nacional.
    5. Elaborar y revisar los contratos de demás actos jurídicos en los cuales debe intervenir el Cuerpo de Policía Nacional.
    6. Evacuar las consultas que se le formulen y elaborar los estudios jurídicos sobre materias que sometan a su consideración las Gobernaciones, Alcaldías y cualquier otro órgano o ente público o privado, relacionadas con las competencias del Cuerpo de Policía Nacional, en los términos que establezca el Órgano Rector del servicio de policía.
    7. Asesorar, dar soporte jurídico y representar mediante poder a las funcionarias y funcionarios policiales con ocasión de la ejecución de actos de servicio.
    8. Establecer las relaciones del Cuerpo de Policía Nacional con el Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, para canalizar cualquier solicitud legal ante la Procuraduría General de la República de acuerdo con lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, así como con el Ministerio Público.
    9. Las demás que le confiera el ordenamiento jurídico vigente.

    DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA Y ESTRATEGIA

    FUNCIONES:

    1. Planificar, coordinar, ejecutar y controlar los sistemas de búsqueda de información criminal, fundamentalmente dirigido a los entornos y ocasiones en los que se manifiestan las conductas delictivas, para procesar dicha información en el marco de la operatividad necesaria a fin de disminuir el índice delictivo y esclarecer los hechos.
    2. Procesar, analizar y elaborar información estadísticas sobre la criminalidad y el desempeño policial, a fin de articular con eficiencia y eficacia las labores del Cuerpo de Policía Nacional.
    3. Recolectar, evaluar, organizar, analizar, tramitar y reportar información sobre las acciones desplegadas en el ámbito de sus competencias a la Directora o Director Nacional del Cuerpo de Policía Nacional.
    4. Supervisar las acciones de inteligencia en todo el ámbito territorial en que se despliega el Cuerpo de Policía Nacional.
    5. Supervisar las operaciones que involucren agentes encubiertos y que impliquen la utilización de tecnología especializada para recolectar información, en coordinación con otros órganos de seguridad.

    OFICINA DE CONTROL DE LA ACTUACIÓN POLICIAL

    FUNCIONES:

    1. Recibir denuncias de supuestas irregularidades efectuadas por funcionarias o funcionarios del Cuerpo de Policía Nacional e identificar el tipo de responsabilidad a que diera lugar la acción.
    2. Desarrollar acciones que permitan prevenir las posibles desviaciones de la ética y de las buenas prácticas policiales.
    3. Sustanciar los expedientes disciplinarios de las funcionarias y funcionarios policiales del Cuerpo de Policía Nacional, para esclarecer los hechos denunciados o investigados y relacionados con las actuaciones que impliquen la presunta comisión de faltas por su acción u omisión.
    4. Proponer recomendaciones para mejorar los procesos de supervisión y el desempeño de las funcionarias y funcionarios policiales.

    OFICINA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

    FUNCIONES:

    1. Asesorar, proponer y coordinar la planificación en materia de administración financiera, en el diseño de políticas y planes del Cuerpo de Policía Nacional.
    2. Velar por el cumplimiento de los lineamientos en materia de administración y servicios en coordinación con todas las unidades administrativas de la organización.
    3. Programar, dirigir y supervisar los servicios generales del Cuerpo de Policía Nacional.
    4. Administrar, supervisar, dirigir y controlar las actividades en materia de bienes inmuebles, muebles y servicios para todas las dependencias del Cuerpo de Policía Nacional, en coordinación con el Órgano Rector del Servicio de Policía.
    5. Proponer y ejecutar las normas y determinar los mecanismos de coordinación y control del sistema de administración y servicios.
    6. Ejecutar las actividades en materia de administración financiera, a fin de garantizar la gestión eficiente de los recursos financieros asignados al cuerpo de Policía Nacional.
    7. Realizar las adquisiciones de bienes y servicios que requieran las distintas unidades del Cuerpo de Policía Nacional, por su monto y naturaleza, a través de los procesos de contrataciones conforme la ley que rige la materia.
    8. Ejecutar y controlar el presupuesto asignado por el Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, a través del Sistema de Gestión y Control Financiero (SIGECOF), en la materia de su competencia.

    DIRECCIÓN DE VIGILANCIA Y TRANSPORTE TERRESTRE

    FUNCIONES:

    1. Velar por la adecuada señalización y condiciones de seguridad de las vías de circulación.
    2. Canalizar y dirigir el tránsito, manteniendo la fluidez y seguridad del mismo.
    3. Velar porque las vías de circulación se encuentren libres de obstáculos, procurando la remoción de objetos que estorben la circulación de vehículos y peatones en las vías públicas y privadas.
    4. Impedir la circulación de vehículos que no cumplan con los requisitos previstos por la ley y los reglamentos.
    5. Asegurar y conservar las pruebas necesarias para la aplicación de la Ley de Transporte Terrestre, su Reglamento, y demás disposiciones vigentes, relacionadas con las faltas y delitos en accidentes de tránsito.
    6. Practicar citaciones y medidas de coerción personal de conformidad con la ley.
    7. Intervenir en las labores de dirección y control del tránsito, prevención, actuación y levantamiento de accidentes en las vías de circulación.
    8. Realizar las operaciones, investigaciones y procesamiento de informaciones, expedientes conforme lo establezcan las autoridades competentes.

    OFICINA DE PLANIFICACIÓN, PRESUPUESTO, ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS

    FUNCIONES:

    1. Establecer las políticas, estrategias y metodologías para la formulación, ejecución, seguimiento y control de los planes, proyectos y presupuestos del Cuerpo de Policía Nacional, de conformidad con lo establecido en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y los lineamientos emanados del Órgano Rector del servicio de policía.
    2. Dirigir el proceso de formulación, ejecución, seguimiento y control del plan Operativo Anual y del Presupuesto de Gastos, así como de otros planes y proyectos del Cuerpo de Policía Nacional de acuerdo a los lineamientos que rigen la materia.
    3. Efectuar la coordinación con las demás dependencias del cuerpo de Policía Nacional, el proceso para la entrega de la información a suministrar para la memoria y cuenta institucional y otros informes de gestión físico-financiera requeridos por el Órgano Rector del Servicio de policía.
    4. Solicitar los requerimientos de recursos presupuestarios no previstos para el cumplimiento de los objetivos del Cuerpo de Policía Nacional y gestionar ante las autoridades competentes las modificaciones presupuestarias que correspondan.
    5. Promover y coordinar la producción y publicación de estadísticas para fundamentar el desarrollo de planes y proyectos del Cuerpo de Policía Nacional, fortaleciendo el proceso de evaluación y toma de decisiones oportunas.
    6. Planificar, dirigir y controlar la evaluación periódica de la organización funcional y estructural del Cuerpo de Policía Nacional, ajustándola a sus necesidades y logro de los objetivos, en coordinación con las distintas dependencias de la organización y bajo los lineamientos del Órgano Rector del servicio de policía.
    7. Diseñar y actualizar las normas y procedimientos del Cuerpo de Policía Nacional, en coordinación con el resto de las unidades administrativas, para garantizar a estandarización y promover la optimización de sus procesos, conforme los lineamientos del Órgano Rector del servicio de policía.
    8. Dirigir, controlar y dar seguimiento al plan de simplificación de trámites administrativos, de acuerdo con los lineamientos del Órgano Rector del servicio de policía, y en coordinación con el órgano rector en materia de desarrollo institucional.
    9. Verificar y dar seguimiento al cumplimiento de los indicadores de eficiencia y eficacia de los procesos administrativos y fortalecer la gestión del Cuerpo de Policía Nacional.

    DIRECCIONES DE REGIONES

    FUNCIONES:

    Corresponde a las Direcciones de regiones, en el ámbito político territorial que la conforma:

    1. Ejecutar y supervisar las políticas y demás directrices emanadas del nivel central del Cuerpo de Policía Nacional y coordinar, supervisar y controlar la prestación de los servicios del Cuerpo de Policía Nacional.
    2. Coadyuvar a la investigación penal bajo requerimiento del Ministerio Público u otros órganos del sistema de policía, de los casos que se denuncien por la presunta comisión de delitos.
    3. Actuar de acuerdo a la capacidad y medios necesarios para enfrentar y solucionar situaciones que se presenten, atendiendo a los criterios de territorialidad, complejidad, intensidad y especificidad dispuestos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional.
    4. Coordinar políticas integrales en lo que respecta a procedimientos y actuaciones definidas por el Órgano Rector del servicio de policía, con los cuerpos de policía estatales y municipales.
    5. Las demás que le confiera el ordenamiento jurídico vigente.

    Escala Jerárquica

    El primer nivel, con responsabilidades en la ejecución de actividades de contacto inmediato y operacional con la ciudadanía, estará integrado, en orden ascendente, por: los y las oficiales, los y las oficiales agregados y los y las oficiales jefes.

    El segundo nivel, con responsabilidades de dirección media, diseño de operaciones, supervisión y evaluación a nivel táctico, estará integrado, en orden ascendente, por: los supervisores y supervisoras, los supervisores y supervisoras agregados y los supervisores y supervisoras jefes.
    El tercer nivel, con responsabilidades de alta dirección, planificación y evaluación estratégica, estará integrado, en orden ascendente, por: los comisionados y comisionadas, los comisionados y comisionadas agregados y los comisionados y comisionadas jefes.

    Requisitos

    Las condiciones que deben cumplir todos los venezolanos que quieran ingresar a la policía nacional bolivariana son:

    • Ser venezolana o venezolano.
    • Tener entre 18 y 24 años de edad.
    • Contar con el título de Educación Media Diversificada.
    • No poseer antecedentes penales.
    • No estar sujeto a interdicción civil o penal.
    • No haber sido destituida o destituido de algún órgano militar o algún organismo de seguridad del Estado.
    • No haber sido dado de baja por causas disciplinarias de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, u otras academias militares.
    • No haber sido destituida o destituido de algún cuerpo policial o de sus academias o de algún organismo de seguridad del Estado.

    Una vez realizada la preinscripción en el portal Web de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, aparecerá un listado por día convocando a los preseleccionados, los interesados deben estar pendientes de estos listados.

    Documentos a consignar luego de ser seleccionado, al momento de la inscripción:

    • Copia de Cédula de Identidad
    • Inscripción Militar
    • Inscripción en el registro único universitario RUSNIES
    • Título de Bachiller
    • Notas de bachillerato Certificadas
    • Partida de Nacimiento
    • Partida de Nacimiento de los padres
    • Carta de Buena Conducta policial
    • Carta de Residencia
    • Resumen Curricular

    La aspirante y el aspirante son convocados para presentar las pruebas de ingreso: psicotécnica, entrevista psicológica, médica y física.

    Para la prueba psicotécnica y la entrevista psicológica, la joven o el joven es notificado para presentarla en el Centro de Formación UNES correspondiente.

    En cuanto a la Prueba Médica, es necesario que la aspirante o el aspirante se realice los exámenes siguientes:

    Estudios Paraclínicos:

    • Laboratorio Clínico: Hematología completa, PT, PTT, glicemia, creatinina, urea, colesterol total, HDL – colesterol, LDL – colesterol, triglicéridos, TGO, TGP, VDRL, orina, serología para hepatitis B (AGSHB y HBC) y C (HVC). Mujeres: adicional HGC.
    • Radiología: RX de tórax PA, RX de columna toraco-lumbar AP y lateral, informadas.
      • Informe de evaluación oftalmológica.
      • Informe de audiometría.

    INSTRUCCIONES PARA REALIZAR ESTUDIOS PARACLÍNICOS Y EVALUACIÓN MÉDICA

    Para el examen de laboratorio: presentarse en el CENTRO MÉDICO de su elección, en ayunas de 12 horas los que asisten en la mañana y de 6 horas los que asisten en la tarde. Si su cita es a las 7:00 de la mañana debe haber cenado hasta las 7:00 de la tarde del día anterior. Si su cita es a la 1:00 de la tarde debe tomar desayuno ligero (galletas y jugo) a las 6:00 de la mañana y no volver a comer hasta después del examen.

    Para la revisión médica: Para la evaluación médica, debe venir ya desayunado, con adecuado aseo personal, según el horario asignado al servicio médico.

    Centros de Salud, donde pueden realizarse los exámenes médicos: http://www.unes.edu.ve/images/pdf/centrosdesalud.pdf

    PRUEBA FÍSICA

    La aspirante y el aspirante deben presentarse con:

    • Mono o short azul o negro (*).
    • Camisa blanca.
    • Zapatos deportivos.

    (*) El ingreso a las instalaciones de la UNES en short está prohibido, pero puede realizar esta prueba con la mencionada prenda de vestir.

    Finalmente son publicados los listados de las seleccionadas y los seleccionados, donde se les convoca para formalizar su ingreso como discente de la UNES. La joven o el joven se presenta el día y a la hora en el Centro de Formación UNES correspondiente.

    Requisitos

    • Título original de bachiller.
    • Cédula de identidad laminada.

    Más información, escriba al correo electrónico: seleccion@unes.edu.ve

    Temario

    El día de la inscripción se le entregará a cada aspirante un cronograma para comenzar el proceso de selección, así como los temarios de los exámenes que presentará en caso de cumplir con los requisitos.

    Más información:

    http://cpnb.gob.ve/

    Proceso de Inscripción del PNF Policial

    Policía Nacional Bolivariana en la Wikipedia

  • Para ser Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en Venezuela

    Para ser Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en Venezuela

    El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), antes conocido como Cuerpo Técnico de Policía Judicial (CTPJ), y en sus orígenes como Policía Técnica Judicial (PTJ), es el principal organismo de investigaciones penales de Venezuela. Se encarga del esclarecimiento científico de los delitos con miras a la posterior aplicación de la justicia por los órganos competentes. Te explicamos todos los detalles sobre los requisitos para ser Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en Venezuela.

    Funciones

    Corresponde al órgano principal de investigaciones penales:
    Practicar las diligencias que le ordene el Ministerio Público, encaminadas a investigar y hacer constar la perpetración de un hecho punible, con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la responsabilidad de los autores y demás partícipes, identificación de las víctimas, de las personas que tengan conocimiento de los hechos, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con el delito.

    • Colaborar con los demás órganos de seguridad ciudadana en la creación de centros de prevención del delito y en la organización de los sistemas de control o bases de datos criminalísticos para compartir la información de los servicios de inteligencia, en cuanto a narcotráfico, terrorismo internacional, desaparición de personas, movimiento de capitales ilícitos, delincuencia organizada y otros tipos delictivos.
    • Elaborar, analizar en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y presentar al Ministerio del Interior y Justicia, las estadísticas de criminalidad, cuando sean requeridas, con el objeto de adoptar las políticas de prevención y se apliquen las medidas necesarias para garantizar el fin del Estado en materia de seguridad.
    • Desarrollar políticas de prevención, orientación, publicidad, colaboración e información a fin de aplicar medidas técnicas que permitan reducir y evitar la actividad delictiva.
    • Auxiliar en caso de necesidad a la Dirección Nacional de Identificación y Extranjería, y colaborar en la identificación, localización y aprehensión de ciudadanos extranjeros solicitados por otros países.
    • Las demás actuaciones o funciones que le sean atribuidas de conformidad con la ley.

    Escala Jerárquica

    La organización jerárquica de los funcionarios y funcionarias policiales de investigación será única y comprenderá una escala de tres niveles dividida en pasos conforme lo prevea el Estatuto de la Función de la Policía de Investigación.

    • El tercer nivel tendrá responsabilidades de alta dirección, planificación y evaluación, a nivel estratégico de la policía de investigación.
    • El segundo nivel tendrá responsabilidades de dirección media, diseño de operaciones, supervisión y evaluación, a nivel táctico de la policía de investigación.
    • El primer nivel tendrá responsabilidades en la ejecución de las actividades de contacto investigación básica, a nivel operacional de la policía de investigación.

    Requisitos

    Son requisitos de ingreso al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de los funcionarios y funcionarias policiales de investigación:

    • Ser venezolano o venezolana, mayor de dieciocho años de edad y menor de veintiocho años de edad.
    • No poseer antecedentes penales, ni haber sido destituido o destituida de algún órgano militar o de cualquier organismo de seguridad del Estado.
    • Contar con el título de educación media diversificada y haber cursado y aprobado un año como mínimo de formación en la institución académica nacional.
    • Así como cualquier otro que determine el reglamento respectivo.

    Temario

    Los temarios se entregarán al terminar el primer año de formación en la institución académica nacional, solamente si se ha cumplido con el 100% de los requisitos vigentes.

    Más información:

    http://www.cicpc.gob.ve/

     

  • Para ser Carabinero De Chile

    Para ser Carabinero De Chile

    Carabineros de Chile es una institución de policía uniformada en Chile que tiene carácter militar. Creada el 27 de abril de 1927, su nombre deriva de los cuerpos de caballería que portaban un arma denominada carabina. Su lema es «Orden y Patria» y su símbolo dos carabinas cruzadas. Originalmente llamado Cuerpo de Carabineros, es la institución encargada de salvaguardar la soberanía y el orden público, cumplir y hacer cumplir las leyes a través de su mandato Constitucional. Te damos todos los detalles sobre los requisitos para ser Carabinero de Chile.

    Funciones

    Carabineros define su misión en el cumplimiento de siete roles fundamentales:

    • Preventivo (presencia, resguardo, creación de condiciones para la paz interior)
    • Control de orden público (dar cumplimiento a la ley, restauración del orden y hacer cumplir las órdenes emanadas de los tribunales)
    • Educativo (dar a conocer las leyes de la república y advertir de los peligros a la ciudadanía)
    • Servicio (información a la comunidad sobre ubicación, estado de caminos, etc.
    • Rescates en lugares inaccesibles y reemplazo de los servicios de emergencia en casos necesarios)
    • Solidaridad Social (beneficios a víctimas de catástrofes y delitos)
    • Integración Nacional (velar por el resguardo de la frontera y dar servicios estatales en lugares alejados de los centros urbanos)
    • Impacto Ambiental: Tutelar la preservación de la Naturaleza.

    Escala Jerárquica

    Carabineros de Chile tiene un origen castrense derivado de los Antiguos Cuerpos de Caballería del Ejército. Debido a esto, suele tener muchas coincidencias en los grados jerárquicos, orgánica y en la estricta disciplina, con las Fuerzas Armadas.

    Conforme al Artículo 6º de su Ley Orgánica Constitucional, la Nº 18.961, los grados y escala jerárquica del Personal de Carabineros de Chile es la siguiente:

    Oficiales

    Los oficiales, surgidos de los cadetes de la Escuela de Carabineros, en la fraseología interna de la institución reciben la denominación de «personal de nombramiento supremo» (P.N.S.) porque sus nombramientos, ascensos y retiros se autorizan formalmente mediante un decreto supremo firmado por el Presidente de Chile y el ministro de Defensa del país.

    Su orden jerárquico es:

    • General Director
    • General Inspector
    • General
    • Coronel
    • Teniente Coronel
    • Mayor
    • Capitán
    • Teniente
    • Subteniente

    Personal de Nombramiento Institucional

    Los suboficiales y tropa, que se forma separados de los aspirantes a oficiales en una Escuela de Formación Policial, en «grupos de formación» en diversas provincias y una Escuela de Suboficiales, reciben la denominación interna de «personal de nombramiento institucional» (P.N.I.) porque sus destinaciones, ascensos y retiros son una atribución legal del General Director de Carabineros, cuya firma formaliza estas decisiones en una «resolución exenta». Coincidiendo con la práctica común de las fuerzas armadas chilenas, las carreras de oficial y suboficial son excluyentes, no estando contemplada la posibilidad de que un suboficial ascienda a un rango de la oficialidad, pudiendo -en casos extraordinarios- terminar sus carreras con el rango especial de «suboficial mayor».

    Su orden jerárquico es:

    • Suboficial Mayor
    • Suboficial
    • Sargento 1°
    • Sargento 2°
    • Cabo 1°
    • Cabo 2°
    • Carabinero

    Requisitos

    Escuela de Carabineros de Chile

    Pueden postular a la Escuela de Carabineros, todos los jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Ser chileno.
    2. Soltero(a).
    3. Estatura mínima en damas: 1.60 m.
    4. Estatura mínima en varones: 1.70 m.
    5. Edad entre 17 y 23 años, constituyendo la máxima de 23 años al 1 de febrero del año de ingreso.
    6. Situación militar al día (referido solo a la inscripción de los jóvenes que les corresponda).
    7. Licencia de Enseñanza Media o estar cursando el 4° año Medio, acreditando su aprobación al momento de terminarlo.
    8. Salud  física y mental compatibles con la profesión.
    9. Antecedentes personales intachables.
    10. Aprobar las pruebas de conocimiento, cuyo propósito es evaluar competencias básicas como conductas de entrada.
    11. Aprobar las pruebas físicas, conforme a estándares mínimos establecidos en tabla de especificaciones, construidas para este proceso de acuerdo a las capacidades que demanda la función policial en esta área.

    Escuela de Formación de Carabineros de Chile

    Requisitos de postulación a Carabineros de Chile

    • Ser chileno.
    • Ser soltero.
    • Estatura mínima 1,60 m sin calzado para las mujeres.
    • Estatura mínima 1.68 m, sin calzado para los hombres.
    • Edad varones 18 a 25 años
    • Edad damas 17 a 23 años
    • Haber cumplido con la ley de reclutamiento militar.
    • Poseer salud física y mental, compatible con las funciones a desempeñar.
    • Historial personal y familiar sin antecedentes delincuenciales.

    Temario

    Escuela de Carabineros de Chile

    Los exámenes que el postulante deberá presentar son: 

    Pruebas Excluyentes:

    1. Exámen Psicológico I: El Postulante deberá rendir un Test Psicológico, cuyo propósito es evaluar su aptitud psíquica para desarrollar una vida ligada al Sistema Institucional, sujeto al Perfil de Ingreso para los Cursos de Formación a nuestro Plantel.

    Puntajes Sumativos:

    1. Promedio de Enseñanza Media: Uno de los aspectos considerados en ésta Etapa, es el Promedio de Educación Media, que en el caso de los egresados, es el promedio de los cuatro años y para los postulantes que se encuentren desarrollando el cuarto año medio es el promedio de primero a tercero y primer semestre de cuarto año medio.

    2. Pruebas de Competencias Básicas: Consiste en tres pruebas indispensables para la selección .de los Aspirantes a Oficiales. Éstas son: Historia y Geografía de Chile, Lenguaje y Comunicación, y Matemáticas.

    3. Examen de Capacidad Física: El Postulante deberá rendir un examen físico, cuyo propósito es evaluar que sus niveles sean compatibles con las exigencias institucionales. 

    4. Entrevista Personal I : El Postulante será entrevistado por una comisión de tres personas, integrada por señores Oficiales y Docentes del Plantel. 

    ETAPA DE SELECCIÓN 

    Pruebas Excluyentes:

    1. Exámen Psicológico II: El Postulante tendrá una entrevista con el Psicólogo de la Escuela y además de rendir Test Psicológico.

    2. Exámenes Médicos: Estos exámenes permiten establecer que los postulantes seleccionados presentan una salud compatible con el ejercicio de la función que desarrolla Carabineros de Chile.

    Puntajes Sumativos:

    1. Puntaje de Pre-Selección: Corresponde a la suma de los resultados obtenidos en la etapa de Preselección, esto es los Puntajes Sumativos.
    2. Entrevista Personal II: El postulante será entrevistado por por una comisión de tres personas presidida por un Señor Oficial Jefe o Superior de Carabineros.

    Una vez finalizados los exámenes y analizados los antecedentes de los Postulantes preseleccionados, se darán a conocer por intermedio de sitio web de la Escuela de Carabineros, el listado de aceptados para integrar los Cursos de Formación de Aspirantes a Oficiales de Orden y Seguridad masculino y femenino.

    Escuela de Formación de Carabineros de Chile

    La Escuela de Formación de Carabineros “Alguacil Mayor Juan Gómez De Almagro” tiene un período de formación de un año académico. Las inscripciones se encuentran abiertas todo el año, y el proceso de selección varía entre 5 a 6 meses, teniendo la posibilidad de optar a uno de los dos cursos de formación del Escalafón de orden y Seguridad masculino o femenino.

    Los cursos de formación se realizan en dos períodos y comienzan durante los meses de enero y junio.

    Quienes se inscriban durante el transcurso de los meses de enero a septiembre, aprobando todas las etapas, podrán eventualmente ser seleccionados para integrar el curso que comienza en enero del año siguiente.

    Los oponentes que se inscriban después, podrán ser eventualmente seleccionados, siempre que aprueben todas las etapas, para integrar el curso que comienza en junio del año siguiente.

    Aquellos postulantes seleccionados y llamados a conformar curso, permanecerán durante un año en el proceso de formación en alguna de nuestras escuelas de formación a nivel nacional.

    PRIMERA ETAPA

    Una vez cumplidos los requisitos básicos de postulación para el curso Orden y Seguridad masculino o femenino, el o la oponente que deseen ingresar a la Escuela de Formación de Carabineros “Alguacil Mayor Juan Gómez De Almagro deberá dirigirse al Departamento de Reclutamiento y Selección ubicado en el interior de dicho establecimiento en Avda. Pedro Aguirre Cerda 6655, en la comuna de Cerrillos.

    El o la postulante deberá concurrir al Depto. P6. En donde se le solicitará su cédula de identidad para sacar una fotocopia. Posteriormente será inscrito en el sistema.  Los oponentes de regiones deberán inscribirse en su sede más cercana. Una vez concluida la inscripción, el o la solicitante será citado(a) para rendir un examen psicológico

    SEGUNDA ETAPA

    El o la oponente será informado (a) oportunamente de los resultados del examen psicológico vía e-mail, o telefónicamente.

    De ser aprobado, el o la solicitante será requerido (a) nuevamente para realizarse un examen médico preliminar en la Escuela de Formación de Carabineros, y serán notificados (a) inmediatamente si están aptos para continuar en el proceso. Los oponentes de regiones serán informados en su respectiva sede.

    Quienes aprueben correctamente el examen médico preliminar deberán reunir la siguiente documentación:

    • CERTIFICADO DE NACIMIENTO.
    • CERTIFICADO DE ANTECEDENTES
    • CERTIFICADO DE ESTUDIO ORIGINAL O LEGALIZADO (Último curso aprobado)
    • CERTIFICADO DE SITUACION MILITAR ACTUALIZADO OBTENIDO EN EL CANTON DE   RECLUTAMIENTO.
    • FOTOCOPIA DEL REGISTRO ELECTORAL (Si está inscrito)
    • DOS CARTAS DE RECOMENDACIÓN (De personas que no sean familiares)
    • CUATRO FOTOS TAMAÑO CARNET CON INDICACIÓN DE NOMBRE Y RUT, LAS CUALES TRES DEBEN SER DE FRENTE Y UNA DE PERFIL (Tenida formal)
    • DECLARACIÓN JURADA ANTE NOTARIO DE ACUERDO AL ART 56º DE LA LEY Nº 18.575. (Ley de Probidad Administrativa)

    Además se les indicará y entregará un formulario (DHP) el cual deberá rellenar acuciosamente en su domicilio, y lo devolverá en la Escuela de Formación de Carabineros en el Departamento de Reclutamiento y Selección en un plazo máximo de 10 DÍAS HÁBILES.

    Para los  oponentes de regiones el plazo será el mismo y deberán entregar su DHP en su respectiva sede de postulación.

    El o la postulante de Santiago que presente algún problema con la entrega de dichos antecedentes deberá contactarse con la oficina de postulación en los números indicados al final de este indicativo.

    Asimismo, se les indicará a los solicitantes la fecha en que deberán rendir el examen de capacidad física y la prueba de conocimientos generales, bibliografía que se les dará a conocer con antelación.

    TERCERA ETAPA

    El o la solicitante deberán someterse a los siguientes exámenes de especialidad: Oftalmología, urología, otorrinolaringología, ginecología. Los postulantes de Santiago podrán efectuarlos en el Centro Médico de la Dirección Previsional de Carabineros, (DIPRECA) para lo cual deberá contar con un VALE VISTA POR LA SUMA DE $50.000, A LA CUENTA 60505000-K DEL BANCO ESTADO, A NOMBRE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CARABINEROS DE CHILE. Dicho documento bancario debe ser entregado junto con el formulario DHP.

    Los postulantes de regiones tendrán un plazo máximo para entregar la totalidad de los resultados de los exámenes médicos a los 30 días desde la notificación.

    Entregados todos los exámenes y rendidas las pruebas de conocimientos generales y capacidad física, serán citados a la entrevista personal final.

    Más información:

    http://www.carabineros.cl/

    Carabineros de Chile en la Wikipedia

    http://www.escuelacarabineros.cl/

    http://www.esfocar.cl/

  • Para ser Gendarme en Chile

    Para ser Gendarme en Chile

    Gendarmería de Chile (GENCHI) es la institución penitenciaria de Chile encargada del orden, seguridad, cumplimiento de condenas en las prisiones y el resguardo de los Tribunales de Justicia. Te damos todos los detalles sobre los requisitos para ser Gendarme en Chile.

    Funciones

    La Gendarmería de Chile como institución a cargo de las cárceles y penales del país, tiene la misión de contribuir una sociedad más segura como integrante de la Seguridad Ciudadana, logrando garantizar el cumplimiento eficaz de la detención preventiva y de las penas restrictivas o privativas de libertad a quienes los Tribunales de Justicia lo determinen, entregando al afectado un trato digno y desarrollar programas para la reinserción social a fin de tender a disminuir las probabilidades de reincidencia delictual.

    Sus objetivos estratégicos son:

    • Garantizar el cumplimiento eficaz de la detención preventiva y de las condenas que los Tribunales determinen, previniendo conductas y situaciones que pongan en riesgo el cumplimiento de este objetivo.
    • Proporcionar una atención y un trato digno a la población puesta bajo la custodia del Servicio, reconociendo y respetando los derechos inalienables de las personas, entregando un conjunto de condiciones básicas de vida que faciliten el ejercicio de los derechos no restringidos por la reclusión.
    • Fomentar conductas, habilidades, destrezas y capacidades que incrementen las probabilidades de reinserción social de la población penal, involucrando en este proceso a sus familias, instituciones, empresas y comunidad en general.

    Escala Jerárquica

    Los grados jerárquicos en esta institución se dividen en tres niveles los de la planta I, corresponden a oficiales penitenciarios, los de la planta II, a los suboficiales y gendarmes y planta III correspondiente al personal civil. Los grados conforme al estatuto de personal de Gendarmería de Chile son los siguientes.

    Grados de Oficiales Penitenciarios

    Planta I de Oficiales Penitenciarios

    Corresponde a los funcionarios que han cursado y aprobado la malla curricular impartida por la Academia Superior de Estudios Penitenciarios para la carrera de Oficial de Gendarmería, excepto el grado de Director Nacional que puede ser utilizado por un civil o uniformado que cuente con los requisitos consignados en las normativas institucionales y la confianza del Presidente de la República.

    Grado

    Oficiales Directivos

    • Director Nacional (Elegido por presidente republica)
    • Subdirector Operativo (Oficial Penitenciario segundo al mando en jerarquía de la institución)

    Oficiales Superiores

    • Coronel

    Oficiales Jefes

    • Teniente Coronel
    • Mayor

    Oficiales Subalternos

    • Capitán
    • Teniente 1°
    • Teniente 2°
    • Subteniente

    Alumno de la Academia Superior de Estudios Penitenciarios

    • Aspirante a Oficial

    Planta II de Suboficiales y Gendarmes

    Corresponde a los funcionarios que han cursado y aprobado la malla curricular impartida por la Escuela de Formación Penitenciaria “Gendarme Alex Villagran Pañinao” (Esforpen) para la carrera de Suboficiales de Gendarmería de Chile.

    Suboficial Mayor

    • Suboficial Mayor

    Suboficiales

    • Suboficial
    • Sargento 1°
    • Sargento 2°

    Clases

    • Cabo 1º
    • Cabo 2º
    • Cabo

    Gendarmes

    • Gendarme 1°
    • Gendarme 2°
    • Gendarme

    Alumno Escuela de Gendarmería

    • Gendarme Alumno

    Planta III de Directivos, Profesionales, Técnicos y Administrativos (CIVILES)

    Corresponde a los funcionarios que cumplen funciones relativas a su especialidad, ya sea en cargos de Jefaturas de Departamentos, Subdepartamentos o Secciones (Planta Directivos), o en el pleno ejercicio de las profesiones (Planta Profesionales). En este caso, se concentra en la atención especializada de la población penal, que cumple condenas en régimen cerrado o régimen abierto. Los requisitos de incorporación para planta Directivos y Profesionales exigen a la posesión de titulo profesional habilitante para la correspondiente función. Para la Planta Técnicos, es requisito la certificación de este nivel formativo, y para la Planta de Administrativos, se hace requisito la Enseñanza Media cumplida. Las funciones de las personas adscritas a esta Planta III, son desarrolladas tanto en Unidades Penales, como en Centros de Reinserción Social, Centros de Educación y Trabajo, Patronatos Locales de Reos, Direcciones Regionales y Dirección Nacional.

    Requisitos 

    La Escuela de Gendarmería del Gral. Manuel Bulnes Prieto, tiene por visión ser la escuela formadora de Oficiales Penitenciarios y Gendarmes como una institución de educación superior, reconocida por su aporte en materias de rehabilitación, reinserción y seguridad pública.

    Admisión Oficiales

    Requisitos

    • Ser chileno (a)
    • Ser soltero (a)
    • Tener entre 18 y 23 años de edad al ingresar a la Academia
    • 4° año de Enseñanza Media cursado y aprobado
    • Varones con Situación Militar al día
    • Salud y aptitudes compatibles con las exigencias institucionales
    • Estatura mínima descalzo:
    • Hombres:1.65 mts.
    • Mujeres: 1.58 mts.
    • Antecedentes personales y familiares intachables

    Admisión Suboficiales

    Requisitos

    • Ser chileno (a)
    • Ser soltero (a)
    • Tener entre 18 y 25 años de edad al momento de ingresar a la Escuela.
    • 2° año de Enseñanza Media
    • Varones con Situación Militar al día
    • Salud y aptitudes compatibles con las exigencias institucionales
    • Estatura mínima descalzo:
    • Hombres:1.65 mts.
    • Mujeres: 1.58 mts.
    • Antecedentes personales y familiares intachables

    Temario

    No hay temarios disponibles. Las etapas del proceso de admisión se publican en

    Admisión Oficiales y Suboficiales

    Más información:

    Gendarmería de Chile en la Wikipedia

    http://www.gendarmeria.gob.cl/

  • Para ser Policía de Investigaciones de Chile

    Para ser Policía de Investigaciones de Chile

    La Policía de Investigaciones de Chile (PDI) es la policía civil investigativa de Chile, de carácter científico técnica, creada oficialmente en 1933. Compone las Fuerzas de Orden y Seguridad de Chile junto con Carabineros de Chile. La PDI es la principal institución policial del país que desarrolla labores en materia de investigación criminalística. Te damos los detalles sobre los requisitos para ser Policía de investigaciones de Chile.

    Funciones

    Según el artículo 4º de la Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile, su misión fundamental es investigar los delitos de conformidad a las instrucciones que al efecto dicte el Ministerio Público, sin perjuicio de las actuaciones que en virtud de la ley le corresponde realizar sin mediar instrucciones particulares de los fiscales.

    El artículo 5º de dicha ley agrega que corresponde en especial a la Policía de Investigaciones de Chile:

    • Contribuir al mantenimiento de la tranquilidad pública.
    • Prevenir la perpetración de hechos delictuosos y de actos atentatorios contra la estabilidad de los organismos fundamentales del Estado.
    • Dar cumplimiento a las órdenes emanadas del Ministerio público para los efectos de la investigación, así como a las órdenes emanadas de las autoridades judiciales, y de las autoridades administrativas en los actos en que intervengan como tribunales especiales.
    • Prestar su cooperación a los tribunales con competencia en lo criminal.
    • Controlar el ingreso y salida de personas del territorio nacional.
    • Fiscalizar la permanencia de extranjeros en el país.
    • Representar a Chile como miembro de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL).
    • Dar cumplimiento a otras funciones que le encomienden las leyes.

    En consecuencia, la Policía de Investigaciones es una institución de carácter civil, que tiene como función principal, pero no única, investigar y aclarar los delitos que ya han ocurrido, a fin de:

    • Establecer quiénes fueron sus participantes
    • Establecer las condiciones y circunstancias en que se originaron
    • Recolectar las evidencias y pruebas
    • Detener a las personas involucradas entregándolas a la justicia

    La Policía de Investigaciones de Chile cumple estos objetivos considerando la línea definida en su proceso de modernización, el desarrollo cultural que constantemente experimenta la sociedad y las áreas de servicio a los que la institución orienta sus esfuerzos. Como resultado de esta evolución la PDI ha definido su misión renovada, la que consiste en:

    “Dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior, a través de la investigación profesional y especializada de los delitos, de la inteligencia criminal, del control migratorio y de la cooperación internacional, apoyando la generación de condiciones básicas para la tranquilidad ciudadana que permitan el desarrollo económico, político, cultural y social de Chile”.

    Escala Jerárquica

    De acuerdo al Artículo 2º del Decreto Ley 2.460 la Policía de Investigaciones de Chile estará organizada sobre la base de las siguientes divisiones:

    • Dirección General
    • Subdirección Operativa
    • Subdirección Administrativa
    • Inspectoría General
    • Jefaturas
    • Prefecturas
    • Oficina Central Nacional INTERPOL
    • Brigadas de Investigación Criminal y Brigadas Especializadas
    • Unidades Menores

    escala jerarquica Policía de Investigaciones de Chile

    Requisitos

    El inciso 2do del artículo 2º de la Ley 2.460 dispone que «Para la formación y perfeccionamiento profesional de su personal, la Institución contará con una Escuela de Investigaciones, un Centro de Capacitación Profesional y un Instituto Superior (Actualmente la Academia Superior de Estudios Policiales), planteles que otorgarán los títulos correspondientes de acuerdo con sus reglamentos».

    Escuela de Investigaciones Policiales (ESCIPOL)

    Requisitos:

    • Pueden postular a la Escuela de Investigaciones de Chile todos los jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:
      • Ser chileno (a).
      • Soltero (a).
      • Desde los 17 y hasta 27 años de edad al día de ingreso a la escuela.
      • 4º medio (rendido o cursándolo).
      • Prueba de selección universitaria (p.s.u. Periodo 2013 y/o 2014)
      • Certificado de situación militar (no implica haberlo realizado)
      • Salud compatible con las futuras actividades policiales.
      • Antecedentes personales y familiares intachables.
      • Cédula nacional de identidad vigente.

    Academia Superior de Estudios Policiales (ASEPOL)

    Curso de Oficial Graduado en Investigación Criminalística

    Este curso es requisito de ascenso para el grado de Prefecto.

    Requisitos:

    • La Dirección General fijará anualmente las vacantes y el número de postulantes   que participarán en el proceso de selección.
    • La  Academia Superior de Estudios Policiales determinará la nómina, por orden de antigüedad de los Oficiales Policiales.
    • Este curso se dictará para  Oficiales Policiales Profesionales de Línea (OPPL) y Oficiales  Policiales Profesionales (OPP);  en el caso de los OPP, para ser convocados, deberán tener a lo menos quince años de permanencia efectiva en su escalafón.
    • Si el oficial seleccionado “renuncia” al curso en cualquier etapa del proceso no será nuevamente convocado en su carrera funcionaria.
    • Tendrá las siguientes etapas obligatorias y sucesivas: Evaluación de antecedentes laborales; Examen médico; Exámenes de conocimiento; Examen de evaluación psicolaboral de acuerdo al perfil de ingreso por competencia y Entrevista personal. 

    Centro de Capacitación Profesional (CECAPRO)

    Requisitos básicos:

    • Ser Chileno (a).
    • Mayor de 18 años de edad.
    • Licencia de conductor, clase A o B.
    • Situación militar al día (varones).
    • 2º medio aprobado como mínimo.
    • Salud compatible con la función policial.
    • Antecedentes personales y familiares intachables.
    • Residencia en Santiago durante el desarrollo del curso.

    Temario

    Escuela de Investigaciones Policiales (ESCIPOL)

    Etapas de Admisión:

    PRIMERA ETAPA EXAMENES ESCRITOS (10%):

    Costa de dos exámenes escritos:

    • Prueba de Psicología
    • Prueba de aptitudes y conocimientos (inglés, comprensión lectora y resolución de problemas).

    Esta etapa es excluyente y sólo pasaran a la siguiente etapa los mejores 1.500 puntajes de estas pruebas.

    SEGUNDA ETAPA

    Entrevista psicológica (20%)

    De acuerdo al perfil requerido por la institución en esta etapa se seleccionarán a los 1.000 mejores prospectos para la siguiente.

    TERCERA ETAPA: EXAMENES FISICOS (20%)

    Los postulantes preseleccionados deberán presentarse en la Escuela de Investigaciones Policiales, para rendir exámenes de Aptitud Física:

    Composición corporal: Medición de grosor de pliegues cutáneos, para determinar el porcentaje de tejido adiposo en el cuerpo

    • Test Naveta
    • Test de Sit and Reach para determinar capacidad de elongación de la muscular.
    • Test de fuerza muscular (abdominales y levantamiento de pesas: varones 36kg, damas 16 kg).
    • Test de resistencia muscular: abdominales en un minuto.
    CUARTA ETAPA: EXAMENES MÉDICOS Y DENTALES

    Todos los postulantes preseleccionados deberán presentarse en la Clínica Institucional ubicada en Brouwn Norte Nº 235, Comuna de Ñuñoa, con los siguientes Exámenes Médicos y Dentales: Otorrino, oftalmólogo, cardiólogo, traumatólogo, médico general y ginecólogo.

    QUINTA ETAPA: EVALUACION OFICIAL POLICIAL (10%)

    Consta de una entrevista personal al postulante, realizada por Oficiales Policiales.

    SEXTA ETAPA: PSU Y NEM

    Se toman los puntajes de la PSU 2014 o 2014 tomando en cuenta un 10% Verbal y 10% Matemáticas adicionando a esto un 20% del NEM (Notas de Enseñanza Media de 1ª a 4º medio).

    NOTIFICACION POSTULANTES ACEPTADOS:

    Se informarán a través de los sitios oficiales www.escipol.cl y www.escuelapdi.cl

    Academia Superior de Estudios Policiales (ASEPOL)

    -Selección: Serán seleccionados los puntajes más altos, los que serán calculados  de acuerdo a los siguientes  parámetros:

        • Examen de conocimientos: 30 puntos.
        • Examen psicolaboral: 20 puntos.
        • Entrevista personal: 30 puntos.
        • Currículo profesional: 20 puntos.

    -Puntaje máximo: 100 puntos.

    -Fechas: La presentación de los alumnos en la Academia Superior de Estudios Policiales es en el mes de febrero. Las clases comienzan durante el mes de marzo y concluyen durante el mes de noviembre.

    Centro de Capacitación Profesional (CECAPRO)

    El proceso de selección en la Región Metropolitana consta de:

    Primera etapa

      • Evaluación psicológica.
      • Examen de conocimientos legales y reglamentarios de legislación de tránsito.

    Segunda Etapa

      • Examen de aptitud física.
      • Entrevista grupal.
      • Examen de conducción de vehicular.

    Tercera Etapa

      • Exámenes médicos.
      • Evaluación de antecedentes Personales y Familiares

    El proceso de selección en REGIONES consta de:

    Primera etapa

      • Evaluación psicológica.
      • Examen de conocimientos legales y reglamentarios de legislación de tránsito.
      • Examen de aptitud física.
      • Entrevista grupal.
      • Examen de conducción de vehicular.

    Segunda Etapa

      • Exámenes médicos.
      • Evaluación de antecedentes Personales y Familiares

    Más información:

    http://www.pdichile.cl/

    http://www.cecapro.cl

    http://www.asepol.cl

    http://www.escipol.cl

    http://budowebs.net/requisitos-para-postular-a-la-pdi/

    Escuela de Investigaciones Policiales de Chile en la Wikipedia

  • Para entrar a Prefectura Naval en Argentina

    Para entrar a Prefectura Naval en Argentina

    La Prefectura Naval Argentina (PNA) es una fuerza de seguridad policial argentina, bajo jurisdicción del Ministerio de Seguridad, encargada de manera exclusiva de la protección de todas las vías navegables interiores y del Mar Argentino; haciendo garantizar la navegación y las vidas humanas, con su poder de policía y auxiliar de la Justicia, los derechos y las obligaciones que las leyes demanden. Es funcional al desempeño y funciones, en otros países, de la guardia costera, y como una fuerza de gendarmería policial en los ríos navegables. Te damos los detalles sobre los requisitos para el ingreso a Prefectura Naval en Argentina.

    Funciones

    La Ley General de la Prefectura Naval Argentina establece que la Institución ejercerá entre sus funciones – en concordancia con el artículo 23, 24 y 26 de la ley 18.416 – la de policía de seguridad de la navegación interviniendo en todo lo relativo a la navegación, dictando las normas y atendiendo y dirigiendo el servicio de comunicaciones destinado a esa finalidad – Ley 18.398, Art. 5º, inc. a), apartados 1, 2 y 21 -.

    Ley 20.645 ratifica el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, por el cual los Gobiernos de la República Argentina y la República Oriental del Uruguay reconocen recíprocamente la libre navegación en el Río de la Plata para los buques de sus banderas.

    Ley 20.094 Ley de la Navegación (artículo 89) establece que la navegación en aguas jurisdiccionales es regulada por la Autoridad Marítima, quien a tal efecto dicta las normas en correspondencia a las zonas y modalidades de navegación y propulsión.

    Ley 24.385 Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná (Puerto Caceres – Puerto Nueva Palmira). Protocolo Adicional sobre Navegación y Seguridad – Capítulo IV (artículo 55 al 59) – establece las responsabilidades de las autoridades competentes de cada uno de los países signatarios, respecto de la atención y dirección del sistema de comunicaciones para la seguridad de la navegación.

    Decreto Nº 2694/91 Reglamento de los servicios de practicaje y pilotaje para los ríos, puertos, pasos y canales de la República Argentina, establece como autoridad de aplicación – en su carácter de policía de seguridad de la navegación – a la Prefectura Naval Argentina – Ley 18.398, Art. 5º, inc. a), apartado 23 -.

    Decreto Nº 817/92. Transporte marítimo, fluvial y lacustre. Practicaje, pilotaje baquía y remolque. Regímenes laborales (Desregulación Actividades de la Navegación y Portuarias).

    Decreto Nº 309/97 Control del pago de las tarifas de peaje en la vía navegable troncal concesionada ( Km. 584 Río Paraná hasta Km. 205,3 Canal Punta Indio).

    Escala Jerárquica

    La Prefectura Naval Argentina se organiza jerárquicamente de la siguiente manera:

    Cuadro de Suboficiales

    • Marinero
    • Cabo Segundo
    • Cabo Primero
    • Ayudante de Tercera
    • Ayudante de Segunda
    • Ayudante de Primera
    • Ayudante Principal
    • Ayudante Mayor

    Cuadro de Oficiales

    • Oficial Ayudante
    • Oficial Auxiliar
    • Oficial Principal
    • Sub-Prefecto
    • Prefecto
    • Prefecto Principal
    • Prefecto Mayor
    • Prefecto General

    Requisitos

    Los requisitos que los aspirantes a la Prefectura Naval Argentina deben cumplir son:

    • Ser joven de cualquier sexo de DIECIOCHO (18) años cumplidos y como máximo VEINTICINCO (25) años.
    • Ser argentino nativo o por opción. En caso de opción con trámites finalizados a la fecha de exámenes de ingreso.
    • Estudios: Tener aprobado el nivel Secundario o equivalente. (Polimodal).
    • No haber sido dado de baja por mala conducta o falta de aptitud militar o policial en cualquiera de los Institutos de Formación de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o Policial.
    • Reunir las condiciones físicas y psicofísicas establecidas en el Reglamento de Aptitud Física de la Institución.

    Al momento de inscribirse se deberá presentar:

    • Una (1) ficha SOLICITUD DE INSCRIPCION (ANEXO 1).
    • Cuatro (4) fotografías color 4×4, 3/4 perfil derecho, fondo celeste. En el reverso de cada una, escribir con letra de imprenta y lápiz de grafito, el nombre y apellido.
    • Una (1) fotocopia autenticada del Certificado Analítico de Estudios Secundarios previamente legalizados ante Ministerio del Interior y Ministerio de Educación/ Nacional/ Provincial (según corresponda) o constancia de estudios cursados extendida por el establecimiento educativo y no adeudar materias de años anteriores.
    • Una (1) fotocopia autenticada de la primera y segunda hoja del documento nacional de identidad y último cambio de domicilio del DNI del postulante El postulante deberá poseer su Documento Nacional de Identidad debidamente ACTUALIZADO al momento de su inscripción.
    • Una (1) fotocopia autenticada del Certificado de nacimiento.
    • Certificado de antecedentes penales.
    • Certificado de vacuna antitetánica.
    • Constancia de Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.)

    Una vez completada la documentación solicitada, su entrega se podrá efectuar personalmente o mediante pieza postal certificada dirigida a:

    Señor DIRECTOR DE LOS INSTITUTOS DE FORMACION
    Dirección Crucero Gral. Belgrano Nº 302
    (2800) ZÀRATE – BUENOS AIRES

    Verificada la documentación recepcionada, la Escuela comunicará al domicilio declarado, su aceptación y el NUMERO DE INSCRIPCIÓN correspondiente asignado al postulante.

    Cualquier consulta dirigirse telefónicamente a la SECCIÓN INGRESO (Interno 114)
    Tel. 03487-438013/14/8028 int 114/210
    Correo Electrónico:
    Institutos de Formación: ifor-ingreso@prefecturanaval.gov.ar

    Si usted está radicado en el interior del país puede dirigirse a la Dependencia de Prefectura más próxima a su domicilio.

    Si su domicilio particular esta en la zona de influencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires puede dirigirse a:

    DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN
    DIVISIÓN INGRESO

    Domicilio: Avenida Eduardo Madero Nº 235 Oficina 027 – Capital Federal
    Teléfono: 011-4318-7400 / 7500 Interno 2470
    Dirección de Correo electrónico: dedu-ingresos@prefecturanaval.gov.ar

    NOTAS IMPORTANTES

    • DERECHOS HUMANOS: Los postulantes serán evaluados sobre aspectos generales que hacen a su formación.
    • La entrega del folleto es totalmente GRATIS.
    • Los Institutos de Formación de la Prefectura NO MANTIENEN VINCULACIÓN CON ACADEMIAS O PROFESORES, como así tampoco con personas que indiquen ser gestores o intermediarios, en consecuencia el trámite de inscripción es PERSONAL Y VOLUNTARIO.
    • Los gastos que demande el traslado para rendir los exámenes de ingreso estarán A CARGO DEL POSTULANTE.
    • El postulante podrá alojarse en este Instituto durante los exámenes de ingreso, SIN CARGO.
    • Durante  el tiempo que medie entre su inscripción y los exámenes de ingreso, el postulante deberá comunicar DE INMEDIATO si cambia de domicilio.
    • Para el ingreso NO SON NECESARIAS RECOMENDACIONES de representantes de los poderes públicos Nacionales, Provinciales, Municipales ni de integrantes de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o Policiales,
    • LA FALSEDAD DE LA INFORMACIÓN O DOCUMENTACIÓN que debe presentar, DARÁ LUGAR A LA  SEPARACIÓN, sin perjuicio de las acciones penales que pudieran surgir.

    Temario

    El temario lo puedes ver en el siguiente enlace Prefectura Naval Argentina – Temario

    Anexo

    Aquí puedes ver el anexo con la solicitud de inscripción Prefectura Naval Argentina – Anexo_1

    Más información:

    http://www.prefecturanaval.gov.ar

    Prefectura Naval en Argentina en la Wikipedia

  • Para ser Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires

    Para ser Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires

    La Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires es la fuerza policial de seguridad que depende de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fue creada por la Ley 2.894 de Seguridad Pública, sancionada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires el 28 de octubre de 2008.

    La Policía Metropolitana de la Ciudad entró en actividad el 5 de febrero de 2010. Te damos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires.

    Funciones

    La Policía Metropolitana comparte las funciones de policía de seguridad en la Ciudad de Buenos Aires con la Policía Federal Argentina y, en la zona portuaria, con la Prefectura Naval Argentina.

    Son funciones de la Policía Metropolitana:

    1. Brindar seguridad a personas y bienes.
    2. Prevenir la comisión de delitos, contravenciones y faltas.
    3. Hacer cesar la comisión de delitos, contravenciones y faltas, poniendo en conocimiento inmediato de los mismos a la autoridad judicial competente, debiendo actuar conforme a las disposiciones procesales vigentes en el orden nacional o local, según corresponda al hecho en el cual se haya actuado.
    4. Recibir denuncias y ante el conocimiento de un hecho ilícito actuar de acuerdo con las normas procesales vigentes.
    5. Conjurar e investigar los delitos, contravenciones y faltas, de jurisdicción del Poder Judicial de la Ciudad.
    6. Desarrollar tareas de análisis delictivo y de información.
    7. Mantener el orden y seguridad pública.
    8. Auxiliar en materia de seguridad vial de la autoridad de control establecida en el Código de Tránsito y Transporte aprobado por la Ley N° 2148.
    9. Implementar mecanismos de disuasión frente a hechos ilícitos o vulneratorios de la seguridad pública.
    10. Intervenir en toda campaña y plan preventivo de seguridad que implemente el Ministerio de Justicia y Seguridad, en los términos que le sea requerido.
    11. Colaborar con las autoridades públicas ante una situación de emergencia.
    12. Coordinar el esfuerzo policial con el resto de los agentes sociales que intervienen en la comunidad.
    13. Mantener una relación de cooperación con la comunidad en la labor preventiva.
    14. Recoger las cosas perdidas y proceder con ellas de acuerdo a las prescripciones del Código Civil de la Nación.
    15. Actuar como auxiliar de la Justicia en los casos en que expresamente se le requiera.
    16. Asegurar el orden público y el normal desenvolvimiento durante la realización de actos comiciales nacionales, de la Ciudad o de las Juntas Comunales.
    17. Facilitar la formación y perfeccionamiento del personal policial mediante el intercambio de funcionarios/as o becas de estudio con el resto de las Provincias y otros países.
    18. Asistir a las víctimas, tomando en cuenta sus derechos e intereses.
    19. Inspeccionar, cuando fuera necesario, los registros de pasajeros en hoteles y casas de hospedaje.
    20. Asegurar el orden público en ocasión de los eventos deportivos o artísticos masivos.
    21. Coordinar su accionar, en cuanto corresponda, con la Policía Judicial, conforme los protocolos de actuación que se establezca.

    Escala Jerárquica

    El Escalafón General Policial se organiza en una categoría única que cuenta con los siguientes grados:

    1. Oficial
    2. Oficial Mayor
    3. Subinspector
    4. Inspector
    5. Subcomisionado
    6. Comisionado
    7. Comisionado Mayor
    8. Comisionado General
    9. Superintendente

    El cuadro de Oficiales Operativos está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Oficial y Oficial Mayor.

    El cuadro de Oficiales Supervisores está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Subinspector e Inspector.

    El cuadro de Oficiales de Dirección está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Subcomisionado, Comisionado y Comisionado Mayor.

    El cuadro de Oficiales Superiores de Conducción está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Comisionado General y Superintendente

    Requisitos

    La inscripción es únicamente por vía WEB, http://metropolitana.gob.ar, http://buenosaires.gob.ar/seguridad una vez realizado este 1° paso de inscripción tiene 72 hs para completar el segundo formulario con carácter de declaración jurada, para lo cual recibirá, dos e-mail distintos cada uno con su clave, al finalizar el proceso de inscripción, usted podrá visualizar en su monitor un mensaje conteniendo la fecha de presentación.

    Son requisitos para ser miembro de la Policía Metropolitana:

    • Ser ciudadano/a nativo/a o por opción.
    • Haber nacido a partir del 1 de enero de 1984.
    • Tener estudios secundarios completos o estar cursando el último año.
    • Acreditar aptitud psicofísica compatible con la función y tarea a desarrollar según la Resolución 1197 – MJySGC/08.
    • Acreditar una conducta pública adecuada al ejercicio de la función pública y a la función específica que reglamenta la presente Ley de Seguridad Pública N° 2894.
    • Aprobar los programas y requisitos de formación y capacitación que establezca el Área de Incorporaciones de la Policía Metropolitana.
    • Cumplir con las condiciones fijadas por la presente Ley de Seguridad Pública N° 2894 y sus normas reglamentarias.
    • No haber sido dado de baja por mala conducta o falta de aptitud militar o policial en cualquiera de los Institutos de Formación de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o Policial.

    Sin perjuicio de lo prescripto por el artículo anterior, no pueden desempeñarse como miembros de la Policía Metropolitana las siguientes personas:

    • Quienes hayan sido condenados/as por incurrir en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, aún cuando se hubieren beneficiado por un indulto o condonación de la pena.
    • Quienes registren condena por violación a los derechos humanos.
    • Quienes hayan sido condenados/as por delito doloso de cualquier índole.
    • Quienes se encuentren inhabilitados/as para el ejercicio de cargos públicos.
    • Quienes hayan sido sancionados/as con exoneración o cesantía en la Administración Pública Nacional, Provincial, Municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
    • Quienes se encontraren incluidos/as en otras inhabilitaciones propias de la Policía Metropolitana, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación de y a la función específica que reglamenta la Ley de Seguridad Publica N° 2894.
    • Quienes hayan sido sancionados/as con destitución o sanción equivalente en las fuerzas policiales o de seguridad federales o provinciales u organismos de inteligencia.

    Temario

    No hay temario disponible.

    Más información:

    Área de Incorporaciones Policía Metropolitana

    Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

  • Para ser Policía Federal en Argentina

    Para ser Policía Federal en Argentina

    La Policía Federal Argentina (PFA) es la principal fuerza de seguridad interior de la República Argentina. Fue creada el 24 de diciembre de 1943, mediante el Decreto número 17.750 sobre las bases de la antigua Policía de la Capital, que operó en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires desde 1880 hasta aquél año y entró en funciones el 1 de enero de 1945. Dependiente del Ministerio de Seguridad, cuenta con destacamentos en todas las provincias del país denominadas «Delegaciones» y en la Ciudad de Buenos Aires, donde ejerce también las funciones de policía local, en conjunto con la Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud del artículo 7º de la Ley Nacional Nº 24.588, también llamada Ley Cafiero. Las provincias tienen policías propias, que trabajan en muchos casos articuladas con la Policía Federal. Te explicamos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía Federal en Argentina.

    Funciones

    Las funciones de la policía federal de Argentina son:

    • Prevenir y averiguar los delitos de la competencia de los Jueces de la Nación, practicar las diligencias para asegurar la prueba, descubrir los autores y participes, entregándolos a la justicia.
    • Proveer a la seguridad de las personas o cosas de la Nación, entendiéndose por tales a los funcionarios, empleados y bienes nacionales.
    • Concurrir a la vigilancia y seguridad policiales en las fronteras nacionales.
    • Cooperar con las autoridades militares en la defensa antiaérea pasiva.
    • Cooperar, dentro de las posibilidades,  con la justicia nacional, militar y provincial para el mejor cumplimiento de la función jurisdiccional, cuando así lo solicitaren.
    • Realizar las pericias que soliciten los tribunales de la Nación u otros organismos nacionales para la averiguación de hechos delictuosos y otras irregularidades.
    • Expedir pasaportes, y todo documento de identidad y buena conducta para los lugares de jurisdicción nacional y para el extranjero.
    • Velar por el mantenimiento del orden público y de las buenas costumbres, garantizando la tranquilidad de la población y reprimir el juego ilícito.
    • Colaborar con la protección de los menores e incapaces en la forma que las leyes y reglamentos establezcan.
    • Recoger las cosas perdidas y proceder con ellas de acuerdo con las prescripciones del Código Civil.
    • Asegurar los bienes dejados por desaparición, demencia o fallecimiento del propietario, sin derecho-habientes conocidos, dando inmediata intervención a la justicia.

    Escala Jerárquica

    Su escala jerárquica se divide en dos grupos, similares a los de las Fuerzas Armadas del mundo, oficiales y suboficiales. Dentro de los oficiales se encuentran (Ordenados por antigüedad y jerarquía).

    1. Ayudante
    2. Subinspector
    3. Inspector
    4. Principal
    5. Subcomisario
    6. Comisario
    7. Comisario Inspector
    8. Comisario Mayor
    9. Comisario General

    Y dentro de los suboficiales se encuentran comprendidos los grados de (Ordenados por antigüedad y jerarquía):

    1. Agente – Bombero (Bomberos)
    2. Cabo
    3. Cabo 1ª
    4. Sargento
    5. Sargento 1ª
    6. Suboficial Escribiente
    7. Suboficial Auxiliar
    8. Suboficial Mayor

    Requisitos

    Los requisitos que los aspirantes a policías federales deben cumplir son:

    • Ser Argentino/a nativo/a naturalizado/a o por opción.
    • Poseer estudios secundarios completos.
    • Tener entre 17 y 25 años de edad al 31 de Diciembre del año en curso.
    • Rendir satisfactoriamente la totalidad de los exámenes previstos para el ingreso.
      • Psicotécnico.
      • Médico.
      • Intelectual (Examen Cultural).
      • Aptitud Física.
    • Cumplir con entrevista personal.

    Al momento de inscribirse se deberá presentar:

    1. La solicitud de inscripción escrita a máquina o en letra imprenta.
    2. Partida de Nacimiento original y una (1) fotocopia.
    3. Documento Nacional de Identidad y Cédula de Identidad (en caso que la posea) original y una fotocopia de c/u.
    4. Una (1) fotocopia del Documento Nacional de Identidad y de la Cédula de Identidad de esta ultima en caso que la posea del grupo familiar y personas con las que convive.
    5. Constancia de C.D.I. o C.U.I.L. y una fotocopia, se tramita en cualquier ANSES o a través de Internet accediendo a http://servicioswww.anses.gov.ar/ConstanciadeCuil2/Inicio.aspx.
    6. Título secundario y/o analítico legalizado por el Ministerio del Interior y Transporte (trámite en calle 25 de Mayo N° 179) ó Certificado de Título en Trámite ó Constancia de Alumno Regular del último año que aclare que no adeuda materias de años anteriores.
    7. Una (1) foto 4×4 de frente.
    8. Acreditar Antecedentes de conducta intachable y gozar de buen concepto social, comprendiendo estas exigencias al grupo familiar y al conviviente. Certificado de Causas Judiciales; el que será tramitado en el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria, sito en la calle Tucumán 1353 Cap. Fed., de Lunes a Viernes en el horario de 08:00 a 12:00 hs., o en las delegaciones del Poder Judicial, o a través de Internet accediendo a http://www.dnrec.jus.gov.ar/. Luego deberá hacer clic en el botón «RESERVE SU TURNO POR INTÉRNET». O por teléfono llamando al 0800-666-0055, de 07:00 a 18:00 horas.
    9. En caso de que sea menor de dieciocho (18) años deberá la Madre, Padre y/o Tutor certificar la firma (en la solicitud) ante Autoridad Policial, Juez de Paz y/o Escribano Público.
    10. En caso de fallecimiento de Padres y/o Hermanos deberá presentar una (1) fotocopia de partida de defunción.

    Temario

    Los exámenes dependerán del área a la que el aspirante desee ingresar.

    Más información:

    Policía Federal Argentina en la Wikipedia

    http://www.escueladecadetespfa.edu.ar/requisitos.htm

    http://www.policiafederal.gov.ar

  • Requisitos Para ser Policía De Seguridad Aeroportuaria en Argentina

    Requisitos Para ser Policía De Seguridad Aeroportuaria en Argentina

    La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) es una Institución, civil, armada y jerarquizada de Argentina encargada de proteger y resguardar la seguridad en aeropuertos argentinos. Pertenece al Ministerio de Seguridad y fue creada en 2005 por decreto presidencial de Néstor Kirchner en reemplazo a la antigua y militarizada Policía Aeronáutica Nacional (PAN), cuya característica era ser una dependencia interna de la Fuerza Aérea Argentina, a través de su Comando de Regiones Aéreas, como Autoridad Aeronáutica de los aeropuertos. Dicha medida fue tomada por el Poder Ejecutivo Nacional, tras un escándalo de tráfico de drogas que habría arribado a España en un vuelo de la empresa Souther Wins. Te damos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía De Seguridad Aeroportuaria en Argentina.

    Funciones

    La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) tiene por misión la seguridad aeroportuaria, entendida ésta como una dimensión específica de la seguridad pública, y comprende las acciones tendientes a resguardar y garantizar la seguridad interior en el ámbito jurisdiccional aeroportuario, a través de la prevención, conjuración e investigación de los delitos e infracciones que no estén previstos en el Código Aeronáutico.

    En este sentido, se encarga de:

    La Seguridad Aeroportuaria Preventiva, que contempla la planificación, implementación, evaluación y/o coordinación de las actividades y operaciones -en el nivel táctico y estratégico-, necesarias para prevenir, conjurar e investigar los delitos y las infracciones en el ámbito aeroportuario.

    La Seguridad Aeroportuaria Compleja, consistente en la planificación, implementación y/o coordinación de las actividades y operaciones -en el nivel táctico y estratégico-, necesarias para realizar el control y la conjuración de los actos delictivos complejos cometidos por organizaciones criminales, relacionadas con el narcotráfico, el terrorismo, el contrabando y otros delitos conexos.

    Se entiende por:

    Prevención, las actividades tendientes a impedir, evitar, obstaculizar o limitar los delitos y las infracciones en el ámbito aeroportuario; Conjuración, las que tienen por objetivo neutralizar o contrarrestar en forma inmediata los delitos y las infracciones en el ámbito aeroportuario en ejecución, hacerlos cesar y evitar consecuencias ulteriores que vulneren dicha seguridad; Investigación, las acciones y operaciones tendientes a analizar y conocer los hechos y actividades delictivas que resulten atentatorias a la seguridad aeroportuaria, sin perjuicio de las responsabilidades jurisdiccionales como auxiliar en la persecución penal de los delitos.

    Estructura orgánico – funcional de la Policía de Seguridad Aeroportuaria La estructura orgánico – funcional de la Policía de Seguridad Aeroportuaria se compone de tres estructuras diferenciadas:

    • La estructura de conducción y administración, integrada predominantemente por funcionarios y personal civil, sin estado policial;
    • La estructura operacional, integrada predominantemente por personal policial;
    • Y el Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria, integrado por funcionarios y por el personal civil sin estado policial, a excepción del personal que cumpla tareas de docencia e instrucción especializada.

    La conducción comprende la gestión del conocimiento sobre la seguridad aeroportuaria; la planificación estratégica de la institución; el diseño y formulación de las estrategias policiales, y la dirección orgánica superior.

    Por su parte, la administración se encarga de la planificación y ejecución presupuestaria; la gestión económica, financiera, contable y patrimonial; la gestión administrativa integral; la gestión de los recursos humanos; la planificación y gestión tecnológica e infraestructural de la institución, la asistencia jurídica y la dirección de las relaciones institucionales de la Institución.

    Y, la estructura operacional, desarrolla cuatro labores institucionales fundamentales: la planificación de las operaciones y acciones policiales de la seguridad aeroportuaria preventiva y compleja; la dirección y coordinación de las operaciones policiales de seguridad aeroportuaria preventiva y compleja y la supervisión y evaluación de las operaciones y acciones policiales de seguridad aeroportuaria preventiva y compleja.

    Escala Jerárquica

    La Policía de Seguridad Aeroportuaria se organiza jerárquicamente de la siguiente manera:

    1. Oficial Ayudante.
    2. Oficial Principal.
    3. Oficial Mayor.
    4. Oficial Jefe.
    5. Subinspector.
    6. Inspector.
    7. Comisionado Mayor.
    8. Comisionado General.

    Requisitos

    Los requisitos y temarios para ingresar a la policía de seguridad aeroportuaria se encuentran publicados en el Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria, en el Departamento de Selección e Ingresos, ubicado en  Autopista Tte. Gral. Richieri Km 25,5 CP 1802 Ezeiza, Provincia de Buenos Aires

    Los informes necesarios se pueden obtener en:

    Teléfono: (011) 5166-4894
    Email: cv@psa.gob.ar
    Teléfonos: (011) 51664950 / 51664894  

    Más información:

    http://www.minseg.gob.ar/ingreso-las-fuerzas-de-seguridad

    Policía De Seguridad Aeroportuaria en la Wikipedia

  • Para ser Policía de la Provincia de Buenos Aires

    Para ser Policía de la Provincia de Buenos Aires

    La Policía de la Provincia de Buenos Aires (también denominada Policía Bonaerense o solo la Bonaerense) fue creada para velar por la seguridad pública en la Provincia de Buenos Aires. Es la mayor fuerza policial de la Argentina. Te explicamos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía de la Provincia de Buenos Aires.

    Funciones

    La complejidad del fenómeno delictual requiere un abordaje múltiple e interdisciplinario que contemple la intervención conjunta e interactuación operativa y profesional de la Policía de la Provincia de Buenos Aires,  resultando indispensable garantizar una eficaz implementación y ejecución de las políticas de seguridad impulsadas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, factores que determinaron la creación, mediante Decreto n° 74, el 12 de diciembre de 2007 de la Superintendencia General de Policía.

    Misiones y Funciones

    La Superintendencia General de Policía tiene como misiones primordiales las de ejercer, conforme lineamientos establecidos por el Sr. Ministro de Justicia y Seguridad la coordinación estratégica, la dirección, control y supervisión del accionar de la Policía en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, siempre con los fines de optimizar la respuesta a brindar a todas las cuestiones involucradas en la compleja problemática que implica tanto la seguridad pública como la ciudadana. En el mismo sentido entiende en las cuestiones  de carácter interjurisdiccional a nivel nacional e internacional con otras instituciones de seguridad y sugiere al Sr. Ministro las modificaciones en lo orgánico y administrativo tendiente a adecuar el accionar de las dependencias policiales subordinadas en orden a un mejor desempeño de sus funciones y de las previsiones de orden legal relacionadas a su competencia.

    Escala Jerárquica

    La organización jerárquica de la policía de la provincia de buenos aires se organiza de la siguiente manera:

    Subescalafón comando

    • Comisario General
    • Comisario Mayor
    • Comisario Inspector
    • Comisario
    • Subcomisario
    • Oficial Principal
    • Oficial Inspector
    • Oficial Subinspector
    • Oficial Ayudante
    • Oficial Subayudante

    Subescalafón general

    • Mayor
    • Capitán
    • Teniente 1º
    • Teniente
    • Subteniente
    • Sargento
    • Oficial

    Requisitos

    Requisitos Para Postulación

    • Ser Argentino nativo, naturalizado o por opción
    • Tener entre 18 y 30 años de edad.
    • Poseer condiciones intachables de moralidad y buenas costumbres.
    • Contar con el ciclo secundario completo, sin adeudar materias
    • Responder a las aptitudes psicofísicas que requiera el Ministerio de Justicia y Seguridad.

    Documentación Para Inscripción

    • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (1ra. y 2da. Hoja y cambio de Domicilio si lo hubiere).
    • Fotocopia del Certificado de Nacimiento.
    • Fotocopia del Certificado de Estudios Secundarios Completos (Preferentemente Certificado Analítico).
    • Fotografía 4 x 4 color, de frente, fondo blanco (recientes).

    EN EL CASO DE INGRESAR

    • Tres juegos de fotocopias del Documento Nacional de Identidad (1ra. y 2da. Hoja y cambio de Domicilio si lo hubiere).
    • Dos Fotocopias certificadas del Certificado de Nacimiento.
    • Original y (2) fotocopias de certificado analítico o título de estudios secundarios (autenticada por autoridad judicial o administrativa competente), o en su defecto constancia original del trámite de los mismos.
    • Dos (2) fotografías 4 x 4 color, de frente, fondo blanco (recientes).
    • Información sumaria tramitada por Comisaría jurisdiccional (donde conste domicilio del postulante) (Art. 3 del Dec.1050/09, Ley Nº 13.982).
    • Un juego de fichas dactiloscópicas, tarjeta nominal y anexo prontuarial, a los efectos de solicitar Certificado de Antecedentes. Al solicitar el certificado de Antecedentes se debe abonar una taza por servicios administrativos de $21,64 pesos (la expedición de este certificado demora 10 días hábiles).
    • Constancia de CUIL.
    • Certificado de Reincidencia (Será solicitado al momento de rendir el examen de ingreso).

    ¿Cómo y dónde inscribirse?

    Podés bajar la Solicitud de Ingreso de este enlace Solicitud de Ingreso

    o retirarla de la Jefatura Departamental o Comisaría más cercana a tu domicilio, y una vez que tengas completa toda la documentación debés presentarla personalmente o enviarla a los siguientes lugares:

    • Jefatura Departamental o Comisaría más cercana a tu domicilio
    • Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, sito en la calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata Subsecretaría de Planificación, Oficina de Coordinación de Control y Seguimiento de Ingreso.

    Asesoramiento y mayor información:

    Por teléfono o personalmente, personal de esta Subsecretaría te brindará toda la información que necesites. Comunicate telefónicamente al:

    0800-222-6237
    0221- 429-3119, interno: 73845
    0221-4293000, interno: 73845

    O enviando un mail a E-mail: consultasingreso@mjys.gba.gov.ar

    Temario

    El día que sea citado, al aspirante a rendir se le administrarán los siguientes exámenes:

    EXAMEN PSICOTECNICO

    Consiste en la administración de técnicas psicológicas y entrevistas individuales de los postulantes con el objetivo de descartar la presencia de indicadores psicopatológicos como así también determinar la estabilidad emocional del individuo frente a las tensiones laborales, características individuales (actitudes, aptitudes, etc.) que le permitan afrontar las condiciones requeridas para el futuro desempeño de la labor policial.

    EXAMEN MEDICO

    Los postulantes serán controlados en exámenes correspondientes a diversas especialidades médicas que realizarán facultativos dependientes de la Subsecretaría de Formación y Capacitación. Para lo cual deberán presentar indefectiblemente el día que se efectúe dicha revisión de aptitud, lo siguiente:

    • Radiografía de columna lumbosacra (frente y perfil).
    • Radiografía de tórax (frente).
    • Electrocardiograma con certificación de médico cardiólogo de aptitud para realizar actividades atléticas.
    • Examen oftalmológico.
    • Audiometría.

    LABORATORIO:

    • Hemograma completo
    • Hepatograma completo
    • Coagulograma
    • Glucemia
    • Ácido úrico
    • Creatinina
    • Proteinograma electroforético
    • Orina completa
    • Lipodograma completo ( Colesterol total, HDL, LDL y Triglicéridos)

    Pruebas serológicas

    • V.D.R.L. (Sífilis)
    • Látex de chagas
    • HIV – Con consentimiento del paciente.

    CERTIFICACIÓN DE VACUNAS (Se presentarán solamente en caso de aprobar todos los exámenes de ingreso, y al momento de la incorporación).

    • Certificado de Esquema de Plan Nacional en vigencia.
    • Certificación de triple Viral (Sarampión, Rubéola y Parotiditis).
    • Reacción de Mantoux.
    • Varicela
    • Hepatitis A y Hepatitis B

    En su defecto exámenes complementarios que avalen el hecho de haberla padecido o certificado médico de ello.

    EXAMEN ATLÉTICO Consta de 4 pruebas

    Prueba Nº 1: Flexo extensión de brazos (Fuerza de brazos). Se realiza en 30 segundos, exigencia mínima: hombres 18 repeticiones y mujeres 14 repeticiones.

    Prueba Nº2: Flexión y torsión del tronco (Abdominales sin Ayuda). Se realiza en 30 segundos, exigencia mínima: hombres 14 repeticiones y mujeres 12 repeticiones

    Prueba Nº3: Test de Burpee: Acostado, de cubito ventral, manos debajo de las axilas u hombros. A la orden deberá hacer un impulso de piernas, llegando a la posición de cuclillas, desde esta posición deberá realizar un salto en extensión, pasando luego por la posición de cuclillas, para finalizar en la posición inicial. Exigencia mínima: 20 segundos de trabajo, para hombres 8 repeticiones y para mujeres 7 repeticiones.

    Prueba Nº4:

    • El taco de madera debe medir 23 x 8 centímetros.
    • La prueba tiene como objetivo evaluar la velocidad y coordinación viso-motora.

    El alumno debe partir del rectángulo Nro. 1, saltar la soga elástica que se encuentra en la mitad del recorrido, con un salto a pies juntos, sin detener la carrera, tomar el taco que se encuentra en el rectángulo Nro. 2 y colocarlo dentro del Nro.1; tomar el taco que se encuentra dentro del rectángulo Nro. 4 y colocarlo dentro del rectángulo Nro. 3. (El alumno debe saltar la soga con un salto a pies juntos sin detener la carrera, durante todo el recorrido de la prueba.).

    Más información:

    Policía de la Provincia de Buenos Aires en la Wikipedia

    http://www.mseg.gba.gov.ar/

    Programa de Ingreso Permanente a las Policias de la Provincia de Buenos Aires