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Para ser Policía Nacional Bolivariana en Venezuela

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El Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (CPNB) es la principal fuerza de seguridad civil a nivel federal o nacional de Venezuela, es una de las instituciones adscritas al Ministerio del P.P para Relaciones Interiores y Justicia. Comenzó a operar el 20 de diciembre de 2009. En Venezuela, de acuerdo a la Constitución de 1999, coexisten policías que dependen separada y autónomamente del gobierno nacional, de los gobiernos de los estados y de los gobiernos municipales, la Policía Nacional depende del Gobierno Central de Venezuela. Te contamos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía Nacional Bolivariana en Venezuela.

Funciones

La Función Policial comprende:

  1. Proteger el libre ejercicio de los derechos de personas, de las libertades públicas y la garantía de la paz social.
  2. Prevenir la comisión de los delitos e infracciones de disposiciones legales, reglamentarias y ordenanzas municipales.
  3. Apoyar a las autoridades competentes para la ejecución de las decisiones legítimamente adoptadas.
  4. Controlar y vigilar las vías de circulación, canales, ríos, lagos, mar territorial, puertos y aeropuertos, así como también el tránsito de peatones, tracción de sangre, vehículos, naves y aeronaves de cualquier naturaleza
  5. Facilitar la resolución de conflictos mediante el diálogo, la mediación y la Conciliación.

Para su mejor organización la policía bolivariana se divide en diferentes dependencias con funciones específicas, las cuales son:

DIRECCIÓN NACIONAL

FUNCIONES:

  1. Representar al Cuerpo de Policía Nacional frente a todos los organismos públicos y privados, nacionales o extranjeros y dirigir, planificar, organizar, controlar, coordinar y supervisar las actividades administrativas, organizativas, funcionales y operativas del Cuerpo de Policía Nacional.
  2. Convocar a las demás autoridades, funcionarias, funcionarios, trabajadoras o trabajadores del Cuerpo de Policía Nacional a reuniones, conformar equipos de trabajo y recomendar las acciones necesarias para la consecución de los objetivos.
  3. Supervisar y evaluar las actividades realizadas y solicitar y recibir de las o los integrantes del Cuerpo de Policía Nacional informes periódicos, cuando lo estime necesario.
  4. Presentar ante el Órgano Rector, por conducto de la Viceministra o Viceministro del Sistema Integrado de Policía, el avance en la ejecución de las políticas y planes del Cuerpo de Policía Nacional.
  5. Ejercer la suprema dirección de los servicios y dependencias del Cuerpo de Policía Nacional, así como gestionar y administrar el sistema del recurso humano.
  6. Delegar en funcionarias, funcionarios, trabajadoras o trabajadores del Cuerpo de Policía Nacional las atribuciones o firmas que juzguen necesario.
  7. Celebrar los convenios y contratos de cualquier naturaleza que sean necesarios para el funcionamiento del Cuerpo de Policía Nacional.
  8. Proponer al Órgano Rector los candidatos a ocupar la agregaduría policial en las distintas Embajadas.
  9. Las demás que le confiera el ordenamiento jurídico vigente.

SUB-DIRECCIÓN

FUNCIONES:

  1. Suplir las faltas temporales de la Directora o Director Nacional y ejercer la representación del Cuerpo de Policía Nacional previa delegación de la Directora o Director Nacional.
  2. Coordinar políticas integrales en lo que respecta a procedimientos y actuaciones del Cuerpo de Policía Nacional.
  3. Supervisar controlar, en coordinación con la Directora o Director Nacional, la correcta prestación de los servicios que brinda el Cuerpo de Policía Nacional.
  4. Definir y ejecutar, en coordinación con la Directora o Director Nacional, los lineamientos administrativos, funcionales y operativos, que aseguren el eficiente funcionamiento del Cuerpo de Policía Nacional.
  5. Adoptar, controlar y evaluar las políticas, estándares, planes, programas y actividades relacionadas con la prestación de servicio de policía, en atención a las recomendaciones formuladas por la Directora o el Director Nacional, de acuerdo a los estándares que defina el Órgano Rector.
  6. Velar por la correcta actuación del Cuerpo de Policía Nacional en materia de derechos humanos.
  7. Supervisar la aplicación del sistema único de expedición de credenciales a las funcionarias y funcionarios, trabajadoras y trabajadores del Cuerpo de Policía Nacional.
  8. Acopiar y procesar la información relacionada con los índices de criminalidad, actuaciones policiales y cualquier otra en materia relacionada con el Cuerpo de Policía Nacional.
  9. Desarrollar y supervisar, previa delegación de la Directora o Director nacional, los planes operativos especiales en circunstancias extraordinarias o de desastres, dentro del ámbito de competencia del Cuerpo de Policía Nacional, con el fin de enfrentar de forma efectiva situaciones que comprometan el ejercicio de los derechos fundamentales, la convivencia de los habitantes y la paz social.
  10. Las demás que le confiere el ordenamiento jurídico vigente.

SECRETARIA GENERAL

FUNCIONES:

  1. Velar por el cumplimiento de las instrucciones que imparta la Dirección Nacional del Cuerpo de Policía Nacional, facilitando el flujo de información a la Sub-Dirección y demás Direcciones de Línea.
  2. Efectuar el registro y seguimiento de las audiencias, reuniones y demás actividades de la Dirección Nacional, en coordinación con las demás dependencias del organismo, con el objeto de preparar y administrar las agendas y material de apoyo de cada sesión de trabajo, así como elaborar las minutas de las reuniones efectuadas.
  3. Apoyar a la Directora o Director Nacional en la preparación de los asuntos que deban someterse a la consideración del Órgano Rector o de las Comisiones de las que forme parte el Cuerpo de policía Nacional.
  4. Preparar la presentación de todas las actividades, informes y cuentas ante la Dirección Nacional y demás Direcciones, así como llevar las actas correspondientes, con la finalidad de mantener el registro e información de la gestión de sus áreas y hacer seguimiento permanente de las decisiones que se tomen.
  5. Ejecutar y supervisar las actividades relativas a la atención al ciudadano en coordinación con las demás dependencias del organismo, a través del suministro de información, recepción de solicitudes, reclamos, denuncias y sugerencias, así como recibir y tramitar toda la correspondencia enviada al Cuerpo de Policía Nacional, con la finalidad de dar respuesta adecuada y oportuna a las comunicaciones recibidas.
  6. Implementar y supervisar lo relativo a la seguridad integral del Cuerpo de Policía Nacional, en coordinación con las demás dependencias del organismo a fin de detectar, enfrentar y neutralizar toda condición que comprometa el talento humano, materiales, información y demás bienes del mismo, procurando su integridad.
  7. Velar por el cumplimiento de las normas y protocolos para la seguridad de la Dirección Nacional, procurando preservar su integridad física.
  8. Supervisar y ejercer la custodia, en coordinación con las demás dependencias del organismo, de la emisión y recepción de documentos del Archivo General del Cuerpo de Policía Nacional.
  9. Diseñar e implementar un sistema de archivo de fácil acceso que apoye los servicios de atención al ciudadano en coordinación con las unidades administrativas del Cuerpo de Policía Nacional, garantizando un control eficiente de los expedientes y documentos bajo su resguardo.
  10. Promover y aplicar mecanismo institucionales para fomentar la participación popular y la corresponsabilidad en la gestión pública entre el Cuerpo de Policía Nacional y los ciudadanos en todas las etapas del proceso, en coordinación con las unidades administrativas vinculadas.
  11. Iniciar y actualizar de manera permanente, el Registro de Comunidades organizadas relacionadas con la naturaleza y competencias del organismo, en coordinación con las unidades administrativas vinculadas.
  12. Brindar información permanente de los ciudadanos sobre los proyectos y actividades y utilización del gasto del Cuerpo de Policía Nacional, en coordinación con la Oficina de Comunicación y Relaciones Institucionales.
  13. Aplicar mecanismos para garantizar la conservación y custodia de la documentación escrita, impresa, gráfica, fotográfica y audiovisual del derecho de Cuerpo de Policía Nacional.
  14. Asegurar a los ciudadanos el derecho a la intimidad y la reserva de los documentos privados, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  15. Las demás que le confiera el ordenamiento jurídico vigente.

DIRECCIÓN DE OPERACIONES Y ACCIONES TÁCTICAS

FUNCIONES

  1. Asesorar y asistir a la Dirección Nacional, en la formulación y aplicación de políticas en materia de personal, con la finalidad de integrar, controlar y hacer seguimiento de la gestión de talento humano.
  2. Elaborar, dirigir, coordinar, evaluar y controlar la ejecución del plan de personal, de conformidad con las leyes que rigen la materia.
  3. Remitir a la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, en la oportunidad que se establezca, los informes relacionados con la ejecución del plan de personal y cualquier otra información que le fuere solicitada.
  4. Dirigir la aplicación eficiente y eficaz de las normas y de los procedimientos que en materia de personal se instrumenten para el Cuerpo de Policía Nacional.
  5. Desarrollar e instrumentar los valores éticos y culturales que reflejen la misión y visión institucional del Cuerpo de Policía Nacional.
  6. Detectar necesidades de formación y aplicar las normas e instructivos sobre programas y procedimientos de captación, selección, ingreso, expedición de credenciales, incentivos, ascenso, carrera, clasificación, remuneración, inducción, adiestramiento, desarrollo, capacitación, evaluación, retiro y reingreso del personal del Cuerpo de policía Nacional, de conformidad con las leyes que rigen la materia.
  7. Dirigir y coordinar programas de evaluación de rendimientos y actuación del personal, así como asesorar en materia de situaciones administrativa de los funcionarios, empleados y trabajadores de los Cuerpo de Policía Nacional.
  8. Organizar, gestionar y ejecutar los concursos que se requieran para el ingreso o ascenso del personal del Cuerpo de Policía Nacional, según las bases y baremos establecidos por el Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, según correspondan.
  9. Tramitar antes la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, los movimientos del personal a que hubiere lugar.
  10. Promover el mejoramiento, bienestar y desarrollo del personal activo, jubilado y pensionado del Cuerpo de Policía Nacional, con la finalidad de garantizar los beneficios legales y contractuales según el registro de información de cargos.
  11. Proponer, coordinar y supervisar el desarrollo, mantenimiento y mejoramiento del sistema de información para la gestión del talento humano, en función de los requerimientos estratégicos del Cuerpo de Policía Nacional.
  12. Definir los lineamientos para la conformación de los expedientes de las funcionarias y funcionarios, trabajadoras y trabajadores del Cuerpo de Policía Nacional y mantenerlos actualizados.
  13. Instruir los expedientes disciplinarios de las funcionarias y funcionarios en los casos de hechos que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones previstas en la Ley del Estatuto de la Función Pública.
  14. Controlar y coordinar las actividades inherentes a la seguridad laboral en el Cuerpo de Policía Nacional, con la finalidad de garantizar las condiciones y medio ambiente de trabajo al personal y usuarios de la organización.

OFICINA DE RESPUESTA A LAS DESVIACIONES POLICIALES

FUNCIONES:

  1. Detectar casos de indicios sobre la comisión de hechos constitutivos de faltas graves o delitos cometidos por personal del Cuerpo de Policía Nacional.
  2. Establecer, levantar, procesar y sistematizar información que permita detectar, contener y responder a las desviaciones policiales en el Cuerpo de Policía Nacional.
  3. Coordinar las acciones de inteligencia con las distintas unidades del Cuerpo de Policía Nacional a fin de detectar los casos graves de desviación policial en los que estén involucrados las funcionarias o funcionarios policiales, que comprometan el desempeñado y credibilidad del Cuerpo de Policía Nacional, e iniciar las acciones que fueren procedentes de conformidad a lo dispuesto en el marco legal vigente.

OFICINA DE ASESORÍA LEGAL

FUNCIONES:

  1. Asesorar y asistir jurídicamente a la Dirección Nacional y emitir dictámenes sobre los asuntos sometidos a su consideración por la Dirección Nacional y las Direcciones de Línea.
  2. Emitir opinión legal sobre los recursos que se interpongan contra los actos administrativos emanados del Cuerpo de Policía Nacional.
  3. Clasificar, preparar y mantener actualizado el resumen de los dictámenes, doctrinas, jurisprudencia y demás documentos de carácter legal del Cuerpo de Policía Nacional.
  4. Procurar la unificación de los criterios jurídicos y administrativos en las diversas materiales que son competencia del Cuerpo de Policía Nacional.
  5. Elaborar y revisar los contratos de demás actos jurídicos en los cuales debe intervenir el Cuerpo de Policía Nacional.
  6. Evacuar las consultas que se le formulen y elaborar los estudios jurídicos sobre materias que sometan a su consideración las Gobernaciones, Alcaldías y cualquier otro órgano o ente público o privado, relacionadas con las competencias del Cuerpo de Policía Nacional, en los términos que establezca el Órgano Rector del servicio de policía.
  7. Asesorar, dar soporte jurídico y representar mediante poder a las funcionarias y funcionarios policiales con ocasión de la ejecución de actos de servicio.
  8. Establecer las relaciones del Cuerpo de Policía Nacional con el Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, para canalizar cualquier solicitud legal ante la Procuraduría General de la República de acuerdo con lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, así como con el Ministerio Público.
  9. Las demás que le confiera el ordenamiento jurídico vigente.

DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA Y ESTRATEGIA

FUNCIONES:

  1. Planificar, coordinar, ejecutar y controlar los sistemas de búsqueda de información criminal, fundamentalmente dirigido a los entornos y ocasiones en los que se manifiestan las conductas delictivas, para procesar dicha información en el marco de la operatividad necesaria a fin de disminuir el índice delictivo y esclarecer los hechos.
  2. Procesar, analizar y elaborar información estadísticas sobre la criminalidad y el desempeño policial, a fin de articular con eficiencia y eficacia las labores del Cuerpo de Policía Nacional.
  3. Recolectar, evaluar, organizar, analizar, tramitar y reportar información sobre las acciones desplegadas en el ámbito de sus competencias a la Directora o Director Nacional del Cuerpo de Policía Nacional.
  4. Supervisar las acciones de inteligencia en todo el ámbito territorial en que se despliega el Cuerpo de Policía Nacional.
  5. Supervisar las operaciones que involucren agentes encubiertos y que impliquen la utilización de tecnología especializada para recolectar información, en coordinación con otros órganos de seguridad.

OFICINA DE CONTROL DE LA ACTUACIÓN POLICIAL

FUNCIONES:

  1. Recibir denuncias de supuestas irregularidades efectuadas por funcionarias o funcionarios del Cuerpo de Policía Nacional e identificar el tipo de responsabilidad a que diera lugar la acción.
  2. Desarrollar acciones que permitan prevenir las posibles desviaciones de la ética y de las buenas prácticas policiales.
  3. Sustanciar los expedientes disciplinarios de las funcionarias y funcionarios policiales del Cuerpo de Policía Nacional, para esclarecer los hechos denunciados o investigados y relacionados con las actuaciones que impliquen la presunta comisión de faltas por su acción u omisión.
  4. Proponer recomendaciones para mejorar los procesos de supervisión y el desempeño de las funcionarias y funcionarios policiales.

OFICINA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

FUNCIONES:

  1. Asesorar, proponer y coordinar la planificación en materia de administración financiera, en el diseño de políticas y planes del Cuerpo de Policía Nacional.
  2. Velar por el cumplimiento de los lineamientos en materia de administración y servicios en coordinación con todas las unidades administrativas de la organización.
  3. Programar, dirigir y supervisar los servicios generales del Cuerpo de Policía Nacional.
  4. Administrar, supervisar, dirigir y controlar las actividades en materia de bienes inmuebles, muebles y servicios para todas las dependencias del Cuerpo de Policía Nacional, en coordinación con el Órgano Rector del Servicio de Policía.
  5. Proponer y ejecutar las normas y determinar los mecanismos de coordinación y control del sistema de administración y servicios.
  6. Ejecutar las actividades en materia de administración financiera, a fin de garantizar la gestión eficiente de los recursos financieros asignados al cuerpo de Policía Nacional.
  7. Realizar las adquisiciones de bienes y servicios que requieran las distintas unidades del Cuerpo de Policía Nacional, por su monto y naturaleza, a través de los procesos de contrataciones conforme la ley que rige la materia.
  8. Ejecutar y controlar el presupuesto asignado por el Ministerio con competencia en materia de seguridad ciudadana, a través del Sistema de Gestión y Control Financiero (SIGECOF), en la materia de su competencia.

DIRECCIÓN DE VIGILANCIA Y TRANSPORTE TERRESTRE

FUNCIONES:

  1. Velar por la adecuada señalización y condiciones de seguridad de las vías de circulación.
  2. Canalizar y dirigir el tránsito, manteniendo la fluidez y seguridad del mismo.
  3. Velar porque las vías de circulación se encuentren libres de obstáculos, procurando la remoción de objetos que estorben la circulación de vehículos y peatones en las vías públicas y privadas.
  4. Impedir la circulación de vehículos que no cumplan con los requisitos previstos por la ley y los reglamentos.
  5. Asegurar y conservar las pruebas necesarias para la aplicación de la Ley de Transporte Terrestre, su Reglamento, y demás disposiciones vigentes, relacionadas con las faltas y delitos en accidentes de tránsito.
  6. Practicar citaciones y medidas de coerción personal de conformidad con la ley.
  7. Intervenir en las labores de dirección y control del tránsito, prevención, actuación y levantamiento de accidentes en las vías de circulación.
  8. Realizar las operaciones, investigaciones y procesamiento de informaciones, expedientes conforme lo establezcan las autoridades competentes.

OFICINA DE PLANIFICACIÓN, PRESUPUESTO, ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS

FUNCIONES:

  1. Establecer las políticas, estrategias y metodologías para la formulación, ejecución, seguimiento y control de los planes, proyectos y presupuestos del Cuerpo de Policía Nacional, de conformidad con lo establecido en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y los lineamientos emanados del Órgano Rector del servicio de policía.
  2. Dirigir el proceso de formulación, ejecución, seguimiento y control del plan Operativo Anual y del Presupuesto de Gastos, así como de otros planes y proyectos del Cuerpo de Policía Nacional de acuerdo a los lineamientos que rigen la materia.
  3. Efectuar la coordinación con las demás dependencias del cuerpo de Policía Nacional, el proceso para la entrega de la información a suministrar para la memoria y cuenta institucional y otros informes de gestión físico-financiera requeridos por el Órgano Rector del Servicio de policía.
  4. Solicitar los requerimientos de recursos presupuestarios no previstos para el cumplimiento de los objetivos del Cuerpo de Policía Nacional y gestionar ante las autoridades competentes las modificaciones presupuestarias que correspondan.
  5. Promover y coordinar la producción y publicación de estadísticas para fundamentar el desarrollo de planes y proyectos del Cuerpo de Policía Nacional, fortaleciendo el proceso de evaluación y toma de decisiones oportunas.
  6. Planificar, dirigir y controlar la evaluación periódica de la organización funcional y estructural del Cuerpo de Policía Nacional, ajustándola a sus necesidades y logro de los objetivos, en coordinación con las distintas dependencias de la organización y bajo los lineamientos del Órgano Rector del servicio de policía.
  7. Diseñar y actualizar las normas y procedimientos del Cuerpo de Policía Nacional, en coordinación con el resto de las unidades administrativas, para garantizar a estandarización y promover la optimización de sus procesos, conforme los lineamientos del Órgano Rector del servicio de policía.
  8. Dirigir, controlar y dar seguimiento al plan de simplificación de trámites administrativos, de acuerdo con los lineamientos del Órgano Rector del servicio de policía, y en coordinación con el órgano rector en materia de desarrollo institucional.
  9. Verificar y dar seguimiento al cumplimiento de los indicadores de eficiencia y eficacia de los procesos administrativos y fortalecer la gestión del Cuerpo de Policía Nacional.

DIRECCIONES DE REGIONES

FUNCIONES:

Corresponde a las Direcciones de regiones, en el ámbito político territorial que la conforma:

  1. Ejecutar y supervisar las políticas y demás directrices emanadas del nivel central del Cuerpo de Policía Nacional y coordinar, supervisar y controlar la prestación de los servicios del Cuerpo de Policía Nacional.
  2. Coadyuvar a la investigación penal bajo requerimiento del Ministerio Público u otros órganos del sistema de policía, de los casos que se denuncien por la presunta comisión de delitos.
  3. Actuar de acuerdo a la capacidad y medios necesarios para enfrentar y solucionar situaciones que se presenten, atendiendo a los criterios de territorialidad, complejidad, intensidad y especificidad dispuestos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional.
  4. Coordinar políticas integrales en lo que respecta a procedimientos y actuaciones definidas por el Órgano Rector del servicio de policía, con los cuerpos de policía estatales y municipales.
  5. Las demás que le confiera el ordenamiento jurídico vigente.

Escala Jerárquica

El primer nivel, con responsabilidades en la ejecución de actividades de contacto inmediato y operacional con la ciudadanía, estará integrado, en orden ascendente, por: los y las oficiales, los y las oficiales agregados y los y las oficiales jefes.

El segundo nivel, con responsabilidades de dirección media, diseño de operaciones, supervisión y evaluación a nivel táctico, estará integrado, en orden ascendente, por: los supervisores y supervisoras, los supervisores y supervisoras agregados y los supervisores y supervisoras jefes.
El tercer nivel, con responsabilidades de alta dirección, planificación y evaluación estratégica, estará integrado, en orden ascendente, por: los comisionados y comisionadas, los comisionados y comisionadas agregados y los comisionados y comisionadas jefes.

Requisitos

Las condiciones que deben cumplir todos los venezolanos que quieran ingresar a la policía nacional bolivariana son:

Una vez realizada la preinscripción en el portal Web de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, aparecerá un listado por día convocando a los preseleccionados, los interesados deben estar pendientes de estos listados.

Documentos a consignar luego de ser seleccionado, al momento de la inscripción:

La aspirante y el aspirante son convocados para presentar las pruebas de ingreso: psicotécnica, entrevista psicológica, médica y física.

Para la prueba psicotécnica y la entrevista psicológica, la joven o el joven es notificado para presentarla en el Centro de Formación UNES correspondiente.

En cuanto a la Prueba Médica, es necesario que la aspirante o el aspirante se realice los exámenes siguientes:

Estudios Paraclínicos:

INSTRUCCIONES PARA REALIZAR ESTUDIOS PARACLÍNICOS Y EVALUACIÓN MÉDICA

Para el examen de laboratorio: presentarse en el CENTRO MÉDICO de su elección, en ayunas de 12 horas los que asisten en la mañana y de 6 horas los que asisten en la tarde. Si su cita es a las 7:00 de la mañana debe haber cenado hasta las 7:00 de la tarde del día anterior. Si su cita es a la 1:00 de la tarde debe tomar desayuno ligero (galletas y jugo) a las 6:00 de la mañana y no volver a comer hasta después del examen.

Para la revisión médica: Para la evaluación médica, debe venir ya desayunado, con adecuado aseo personal, según el horario asignado al servicio médico.

Centros de Salud, donde pueden realizarse los exámenes médicos: http://www.unes.edu.ve/images/pdf/centrosdesalud.pdf

PRUEBA FÍSICA

La aspirante y el aspirante deben presentarse con:

(*) El ingreso a las instalaciones de la UNES en short está prohibido, pero puede realizar esta prueba con la mencionada prenda de vestir.

Finalmente son publicados los listados de las seleccionadas y los seleccionados, donde se les convoca para formalizar su ingreso como discente de la UNES. La joven o el joven se presenta el día y a la hora en el Centro de Formación UNES correspondiente.

Requisitos

Más información, escriba al correo electrónico: seleccion@unes.edu.ve

Temario

El día de la inscripción se le entregará a cada aspirante un cronograma para comenzar el proceso de selección, así como los temarios de los exámenes que presentará en caso de cumplir con los requisitos.

Más información:

http://cpnb.gob.ve/

Proceso de Inscripción del PNF Policial

Policía Nacional Bolivariana en la Wikipedia

Para ser Policía Nacional Bolivariana en Venezuela 2013-06-27T20:45:07+02:00 2014-01-12T19:21:19+01:00 admin
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