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  • Para ser Policía Nacional en Honduras

    Para ser Policía Nacional en Honduras

    La Policía Nacional de Honduras es el órgano uniformado encargado de mantener el orden y la seguridad pública, así como de preservar la aplicación y el cumplimiento de la ley en Honduras. Siendo la institución policial a nivel nacional, la Policía Nacional mantiene jurisdicción y presencia en los 18 departamentos de Honduras, actualmente operando con 18 jefaturas departamentales y dos jefaturas metropolitanas (Distrito Central y San Pedro Sula). Bajo estas entidades operan jefaturas regionales, jefaturas municipales, jefaturas de estaciones fijas o móviles, postas y puestos policiales; creando una infraestructura de por lo menos 360 instalaciones físicas alrededor del país. Te damos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía Nacional en Honduras.

    Funciones

    La Ley Orgánica describe las funciones de la institución y de sus cinco direcciones. Dentro de las funciones más importantes que cumple la Policía Nacional contenidas en los artículos 3, 22, 46 y 66 del citado cuerpo legal se encuentra: velar por la conservación y restablecimiento del orden público; prevenir, disuadir, controlar, investigar y combatir el delito, infracciones y faltas; proteger la vida, bienes, derechos y libertades de las personas, y la seguridad de las instituciones públicas y privadas; normar y supervisar los servicios de seguridad privada; registro y control de armas y colaborar con las FFAA (Fuerzas Armadas de Honduras).

    Además, la Policía Preventiva debe combatir delitos relacionados con el crimen organizado (como el contrabando, el fraude o la evasión fiscal); aplicar los controles policiales en materia de impuestos y combatir la producción, uso, posesión y tráfico ilegal de armas y drogas. Por su parte debe hacer cumplir el ordenamiento jurídico de transporte, tránsito y vialidad; y ejercer funciones de seguridad en materia migratoria.

    DIRECCIÓN NACIONAL DE POLICÍA PREVENTIVA

    • Prevenir el delito, proteger a las personas y sus bienes.
    • Proteger bienes nacionales.
    • Mantener el orden público.
    • Cooperar en el combate al delito y practicar las primeras diligencias ante un hecho delictivo.
    • Combatir la producción, procesamiento y tráfico de armas y drogas.
    • Prestar colaboración a otras direcciones nacionales y al Ministerio Público, Procuraduría General y Tribunal Superior de Cuentas.
    • Distribuir en el territorio nacional sus efectivos teniendo en cuenta la concentración poblacional y las necesidades determinadas.
    • Colaborar en emergencias y en procesos electorales.
    • Colaborar con el control de identidad.
    • Colaborar a la seguridad presidencial, de cuerpos diplomáticos y en la protección de testigos.

    DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL

    • Investigar, por oficio u orden del Ministerio Público, los delitos comunes y ofrecer a los Tribunales las pruebas.
    • Informar al Fiscal y relevar a la Policía Preventiva en todo lo relacionado a conservación de la escena del crimen (incluida la detención de infractores y testigos).
    • Recibir denuncias y darles trámite.
    • Aprehender y capturar a los presuntos responsables de delitos y ponerlos a la orden de la autoridad competente.
    • Tomar declaración preliminar del inculpado.
    • Participar en allanamientos, pesquisas y registros.
    • Colaborar con otros servicios de la Policía Nacional y participar en el combate al tráfico de drogas.
    • Puede también investigar delitos no comunes en lugares donde no haya organismo especializado. 

    DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS ESPECIALES DE INVESTIGACIÓN

    Atender los asuntos sobre investigación de delitos especiales relacionados a crimen organizado y corrupción tales como:

    • Contrabando
    • Evasión fiscal
    • Lavado de activos
    • Trata y tráficos de personas
    • Narcotráfico
    • Secuestros extorsivos
    • Delitos informáticos 

    DIRECCIÓN NACIONAL DE TRÁNSITO

    Dirigir, organizar y ejecutar las políticas de tránsito y seguridad vial. 

    DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS ESPECIALES PREVENTIVOS

    Administrar, vigilar y controlar los Centros Penitenciarios.

     

    Escala Jerárquica

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    Requisitos

    Según la ley orgánica de la Policía de Honduras, en su artículo 91 dice que para ingresar al régimen de la Carrera Policial se requiere:

    • Ser hondureño(a) por nacimiento.
    • Ser mayor de dieciocho (18) años.
    • Aprobar los exámenes que acrediten tener salud compatible con el ejercicio del cargo.
    • Haber aprobado la educación primaria como mínimo y en su caso, poseer el nivel educacional, título profesional o técnico que por la naturaleza del cargo corresponda.
    • Aprobar los requisitos establecidos por los centros de formación o instrucción policial del país, con excepción de los (las) empleados(as) y funcionarios(as) pertenecientes a la escala Auxiliar.

    No podrán ingresar ni reingresar al régimen de la Carrera Policial, quienes se encuentren dentro de las inhabilidades siguientes:

    1. Tener antecedentes penales;
    2. Tener conducta irregular incompatible con la función de policía;
    3. Haber sido condenado por violación a los Derechos Humanos; y,
    4. Haber cesado en un cargo público por despido, debido a faltas disciplinarias o delitos.

    Temario

    La selección de estudiantes se hará mediante examen de admisión practicado por el respectivo Centro Educativo Policial. En la selección se tendrá en cuenta la evaluación de la personalidad y la capacidad física, el estudio socioeconómico, los requisitos académicos y los antecedentes personales, policiales y penales.

    El temario que se le entregue al aspirante a Policía depende de la escuela a la que desee ingresar; las opciones para su formación profesional son:

    • Universidad Nacional de la Policía de Honduras (UNPH)
    • Instituto Tecnológico Policial (ITP)
    • Academia Nacional de Policía (ANAPO)
    • La Escuela de Suboficiales (ESO)

    Más información:

    Policía Nacional de Honduras en la Wikipedia

    http://www.resdal.org/libro-seg/indice-seg-honduras.pdf

    Decreto del Poder Judicial de Honduras

  • Requisitos Para ser Policía Nacional en Paraguay

    Requisitos Para ser Policía Nacional en Paraguay

    La Policía Nacional de Paraguay es una institución policial civil, Jerarquizada y subordinada al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio del Interior, encargada de la seguridad interna.

    Su función es mantener el orden público legalmente constituido, de la prevención de los delitos y de su investigación bajo la dirección de la autoridad judicial. Te damos los detalles sobre los requisitos para ser Policía Nacional en Paraguay.

    Funciones

    La Policía Nacional del Paraguaya tiene por Misión Constitucional mantener y restablecer el Orden Público para garantizar la seguridad, tranquilidad, moralidad pública y la paz social.

    La Finalidad de la Policía es la protección de la persona, garantizando el pleno ejercicio de sus derechos, libertades y el respeto de los mismos sin más limitaciones que aquellas que implica los derechos de los demás, procurando la convivencia armoniosa, en un ambiente de paz y seguridad.

    La Función de la Policía comprende actividades administrativas, sistemáticas y concretas que tienen por finalidad satisfacer las necesidades de seguridad individual y de Orden Público, mediante el recurso del poder de la autoridad contra las perturbaciones que las existencias individuales pueden ocasionar dentro del contexto social que es el medio indispensable para su ejercicio.

    Funciones Basicas

    • Preventiva: para la protección de la seguridad y derechos del ciudadano.
    • Disuasiva: Induce al desistimiento del propósito delictivo o irregular. – INVESTIGATIVA: de los hechos punibles ocurridos.
    • Protectora: frente a la violación de los derechos, libertades y los bienes.
    • De Auxilio: ante situaciones de desastres y de emergencias. – DE APOYO: ante los pedidos de las autoridades.
    • De Conciliación: ante los conflictos menores.

    Escala Jerárquica

    Comisarios Generales

    • Comisario General Comandante
    • Comisario General Director
    • Comisario General Inspector

    Oficial Superior

    • Comisario Principal
    • Comisario
    • Subcomisario

    Oficiales Subalternos

    Oficial Inspector
    Oficial Primero
    Oficial Segundo
    Oficial Ayudante

    • Brgadier mayor
    • Brigadier
    • Subrigadier
    • Cadete

    Observación: los cadetes de institutos de formación son de un rango mayor a los suboficiales ya egresados, sin importar el año de servicio prestado.

    Sub Oficiales Superiores

    Sub Oficial Superior
    Sub Oficial Principal
    Sub Oficial Mayor

    Sub Oficiales Subalternos

    Sub Oficial Inspector
    Sub Oficial Primero
    Sub Oficial Segundo
    Sub Oficial Ayudante

    Personal Civil

    Funcionarios de diversas ramas:

      • Sanidad
      • Intendencia
      • Músicos

    Requisitos

    Los requisitos para ser Policía Nacional para el concurso de admisión:

    • Tener la nacionalidad Paraguaya
    • Edad: entre 17 a 22 años, computados hasta el 28 de febrero del año lectivo correspondiente, para la Academia Nacional de Policía.
    • Edad: entre 18 a 23 años, computados hasta el 28 de febrero del año lectivo correspondiente para el Colegio de Policía.
    • Estado Civil: soltero/a; sin hijos mientras dure el proceso de formación
    • Haber concluido la Enseñanza Media.
    • Estatura mínima: Varones 1, 65 m. – Mujeres 1, 58 m.

    El interesado a concursar para incorporarse a la Policía Nacional, a través de la Academia de la Policía Nacional o el Colegio de Policía, deberá presentar ante el Consejo de Admisión, los siguientes documentos:

    • 2 (dos) Fotocopias autenticadas por escribanía de la cédula de identidad civil.
    • Certificado de nacimiento, original.
    • Certificado de estudios, visado y legalizado por el Ministerio de Educación y Cultura.
    • Certificados de Antecedentes policiales y judiciales (originales) y no poseer proceso judicial pendiente, ni durante el proceso de selección.
    • Certificado de Vida y Residencia.
    • Dos fotos tipo Carnet color (actualizadas).
    • Solicitud de ingreso, con las firmas del interesado/a y padres certificadas por escribanía.

    Las condiciones exigidas precedentemente como prerrequisitos, son excluyentes, y su incumplimiento deja inhabilitado al interesado para concursar en las pruebas de admisión.

    Información General

    Secretaria General ISEPOL (LUQUE)

    Para más información a los teléfonos: 670.928

    Academia Nacional De Policía (LUQUE)

    Para más información a los teléfonos: 670.921

    Colegio De Policía (CAPIATA)

    Para más información a los teléfonos: 0228632424

    Filial Nº3 – Seguridad Urbana (LUQUE)

    Para más información al teléfono: 670.675

    Temario

    Las pruebas de admisión para los postulantes comprenden:

    • Evaluación Psicotécnica.
    • Evaluación Médica.
    • Evaluación de Eficiencia y Aptitud Física.
    • Evaluación del Conocimiento.

    Más información:

    Policía Nacional del Paraguay en la Wikipedia

    http://www.policianacional.gov.py

    http://www.isepol.edu.py/?q=node/55

  • Para ser Policía Canaria

    Para ser Policía Canaria

    El Cuerpo General de la Policía Canaria (CGPC), más conocido como Policía Canaria fue creado en 2010 siendo el Presidente de la Comunidad Paulino Rivero. Esta policía integral autonómica está compuesta por el Cuerpo General de Policía Canaria y por los cuerpos de las policías locales de los 88 municipios canarios. Los cien agentes de la primera promoción configuran sólo el Cuerpo General. Te damos todos los detalles sobre los requisitos para ser Policía Canaria.

    Funciones

    1. Con carácter de propias:
      • Velar por el cumplimiento de las disposiciones y órdenes singulares dictadas por los órganos de la Comunidad Autónoma.
      • La vigilancia y protección de personas, órganos, edificios, establecimientos y dependencias de la Comunidad Autónoma y de sus entes instrumentales, garantizando el normal funcionamiento de las instalaciones y la seguridad de los usuarios de sus servicios.
      • La inspección de las actividades sometidas a la ordenación o disciplina de la Comunidad Autónoma, denunciando toda actividad ilícita.
      • El uso de la coacción en orden a la ejecución forzosa de los actos o disposiciones de la propia Comunidad Autónoma.
    2. En colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado:
      • Velar por el cumplimiento de las Leyes y demás disposiciones del Estado y garantizar el funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
      • Participar en las funciones de policía judicial , en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
      • Vigilar los espacios públicos, proteger las manifestaciones y mantener el orden en grandes concentraciones humanas.
        El ejercicio de esta función corresponderá, con carácter prioritario, a los cuerpos de policía de las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando, bien a requerimiento de las autoridades de la comunidad autónoma, o bien por decisión propia, lo estimen necesario las autoridades estatales competentes.
    3. De prestación simultánea e indiferenciada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado:
      • La cooperación a la resolución amistosa de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
      • La prestación de auxilio en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de protección civil.
      • Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, recursos hidráulicos, así como la riqueza cinegetica, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza.

    Requisitos

    1. Ser español.
    2. Tener cumplidos 18 años y no haber cumplido la edad de 32 años, o no haber cumplido la edad de 35 si ya se pertenece a otro cuerpo policial.
    3. Estar en posesión del título de bachiller, título de técnico (formación profesional, ciclo de grado medio) o titulación equivalente.
      • En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
    4. Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de clase A, B con BTP o estar en condiciones de obtenerlo antes de la fecha en que venza el plazo de presentación de solicitudes.
      • En todo caso los aspirantes deberán estar en posesión de dicho permiso antes de ser nombrados funcionarios en prácticas.
    5. No haber sido condenado por delito doloso ni separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
    6. Tener una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
    7. Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
    8. Compromiso de someterse durante el período de prácticas a pruebas de consumo de alcohol o de cualquier tipo de drogas.

    Todos los requisitos enumerados deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, salvo el requisito previsto en elpunto 2. , deberán mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

    Sistema selectivo

    El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

    1. Oposición.
    2. Curso de Formación Básica.
    3. Módulo de formación práctica.

    Fase de Oposición

    Este es el desglose del punto 1. Oposición anterior

    Constará de las siguientes pruebas, todas ellas de carácter eliminatorio, a excepción de la prueba voluntaria de idioma alemán o francés:

    • Prueba de conocimiento e idiomas. Consta de dos partes:
      • Prueba de conocimiento e idioma inglés.
      • Prueba voluntaria de idioma alemán o francés.
    • Prueba de aptitud física.
    • Prueba psicotécnica.
    • Prueba de reconocimiento médico.

    PRUEBA DE CONOCIMIENTO E IDIOMAS.- Consta de dos partes, la primera obligatoria y la segunda voluntaria.

    1. Primera parte: prueba obligatoria de conocimientos e inglés. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de ciento cuarenta (140) preguntas, que versarán sobre las materias siguientes:
      • 120 preguntas sobre los temas que figuran en el anexo I de la presente convocatoria.
      • 20 preguntas sobre un texto en inglés que aseguren la comprensión del mismo. El nivel de conocimiento del idioma será el correspondiente al currículo de educación secundaria obligatoria.
      • El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas y media. El cuestionario estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Cada respuesta acertada se valorará en 1 punto. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente, de tal forma que cada respuesta incorrecta se penalizará con 0,5 puntos. Las respuestas en blanco y las nulas no se valorarán.
      • El cuestionario se elegirá por sorteo, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, de entre dos previamente elaborados por el Tribunal.
      • El ejercicio se calificará de 0 a 140 puntos, siendo superado por los aspirantes que, como mínimo, hayan alcanzado 90 puntos. En el supuesto de existir varios aspirantes con igual puntuación que pudieran ocupar el último lugar del referido cupo, el mismo será ampliado incluyéndolos a todos ellos.
    2. Segunda parte: prueba voluntaria de idiomas alemán o francés.
      • Los opositores podrán realizar con carácter voluntario un ejercicio de conocimientos de los idiomas alemán o francés (sólo uno de ellos).
      • Los opositores optarán por el ejercicio voluntario de idioma en la solicitud de participación en el proceso. La opción efectuada fuera del plazo de presentación de instancias no se tendrá en cuenta.
      • La prueba consistirá en contestar 10 preguntas sobre un texto en el idioma elegido que aseguren la comprensión del mismo. El nivel de conocimiento del idioma será el correspondiente al currículo de bachiller.
      • El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de media hora. El cuestionario estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Cada respuesta acertada se valorará en 1 punto. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente, de tal forma que cada respuesta incorrecta se penalizará con 0,5 puntos. Las respuestas en blanco y las nulas no se valorarán.
      • El cuestionario se elegirá por sorteo, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, de entre dos previamente elaborados por el Tribunal. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos.

    La calificación de la prueba de conocimiento e idiomas se obtendrá sumando la nota obtenida en la primera parte con la obtenida en la segunda, en el caso de haberse realizado, siendo superada por los 100 aspirantes que obtengan mayor puntuación

    PRUEBA DE APTITUD FÍSICA.- Consistirá en la realización por los opositores de ejercicios físicos. La calificación de cada ejercicio se realizará según la relación establecida en dicho anexo, teniendo en cuenta que la no superación de alguna de las pruebas supondrá la declaración de no apto y, por tanto, la eliminación de los aspirantes La calificación final de la prueba será de apto o no apto, siendo necesario obtener la calificación de «apto» para superarlas.

    • Durante el desarrollo de la prueba se medirá la altura al aspirante a fin de comprobar el cumplimiento del requisito exigido de altura mínima.
    • A todos los aspirantes que superen esta prueba se les realizarán pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, quedando eliminados los que den positivos al consumo de dichas sustancias o se negaren a realizarla.
    • Para la realización de la prueba, los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo.
    • El mismo día de la realización de las pruebas físicas y antes de su inicio, los aspirantes deberán presentar al Tribunal certificado médico oficial extendido en el impreso editado por el Consejo General del Colegio Oficial de Médicos de España, de fecha reciente (máximo dos meses) en el que se haga constar que el aspirante cuenta con las condiciones psicofísicas necesarias para la realización de las citadas pruebas físicas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

    PRUEBA PSICOTÉCNICA.- La prueba psicotécnica estará compuesta por pruebas de aptitud y pruebas de personalidad adecuadas al perfil requerido para el ejercicio de las funciones policiales.

    • Serán eliminados los aspirantes que no alcancen la calificación de apto.
    • Para realizar estas pruebas el Tribunal contará con asesoramiento de personal especializado en pruebas psicotécnicas.

    PRUEBA DE RECONOCIMIENTO MÉDICO.- Pasarán a la presente prueba aquellos aspirantes que figuren con las 50 mejores calificaciones y hayan superado todos los ejercicios anteriores.

    Más información:

    http://www.gobiernodecanarias.org/cgpoliciacanaria/