Para ser Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en Venezuela

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), antes conocido como Cuerpo Técnico de Policía Judicial (CTPJ), y en sus orígenes como Policía Técnica Judicial (PTJ), es el principal organismo de investigaciones penales de Venezuela. Se encarga del esclarecimiento científico de los delitos con miras a la posterior aplicación de la justicia por los órganos competentes. Te explicamos todos los detalles sobre los requisitos para ser Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en Venezuela.

Funciones

Corresponde al órgano principal de investigaciones penales:
Practicar las diligencias que le ordene el Ministerio Público, encaminadas a investigar y hacer constar la perpetración de un hecho punible, con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la responsabilidad de los autores y demás partícipes, identificación de las víctimas, de las personas que tengan conocimiento de los hechos, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con el delito.

  • Colaborar con los demás órganos de seguridad ciudadana en la creación de centros de prevención del delito y en la organización de los sistemas de control o bases de datos criminalísticos para compartir la información de los servicios de inteligencia, en cuanto a narcotráfico, terrorismo internacional, desaparición de personas, movimiento de capitales ilícitos, delincuencia organizada y otros tipos delictivos.
  • Elaborar, analizar en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y presentar al Ministerio del Interior y Justicia, las estadísticas de criminalidad, cuando sean requeridas, con el objeto de adoptar las políticas de prevención y se apliquen las medidas necesarias para garantizar el fin del Estado en materia de seguridad.
  • Desarrollar políticas de prevención, orientación, publicidad, colaboración e información a fin de aplicar medidas técnicas que permitan reducir y evitar la actividad delictiva.
  • Auxiliar en caso de necesidad a la Dirección Nacional de Identificación y Extranjería, y colaborar en la identificación, localización y aprehensión de ciudadanos extranjeros solicitados por otros países.
  • Las demás actuaciones o funciones que le sean atribuidas de conformidad con la ley.

Escala Jerárquica

La organización jerárquica de los funcionarios y funcionarias policiales de investigación será única y comprenderá una escala de tres niveles dividida en pasos conforme lo prevea el Estatuto de la Función de la Policía de Investigación.

  • El tercer nivel tendrá responsabilidades de alta dirección, planificación y evaluación, a nivel estratégico de la policía de investigación.
  • El segundo nivel tendrá responsabilidades de dirección media, diseño de operaciones, supervisión y evaluación, a nivel táctico de la policía de investigación.
  • El primer nivel tendrá responsabilidades en la ejecución de las actividades de contacto investigación básica, a nivel operacional de la policía de investigación.

Requisitos

Son requisitos de ingreso al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de los funcionarios y funcionarias policiales de investigación:

  • Ser venezolano o venezolana, mayor de dieciocho años de edad y menor de veintiocho años de edad.
  • No poseer antecedentes penales, ni haber sido destituido o destituida de algún órgano militar o de cualquier organismo de seguridad del Estado.
  • Contar con el título de educación media diversificada y haber cursado y aprobado un año como mínimo de formación en la institución académica nacional.
  • Así como cualquier otro que determine el reglamento respectivo.

Temario

Los temarios se entregarán al terminar el primer año de formación en la institución académica nacional, solamente si se ha cumplido con el 100% de los requisitos vigentes.

Más información:

http://www.cicpc.gob.ve/

 

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